553 Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas

¿Quiénes deben presentarlo?

Los titulares de fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas (sidras,…)

¿Qué se declara?

Las operaciones realizadas en cada mes o trimestre natural, según proceda, incluso cuando sólo tengan existencias.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante entrega del modelo 553 previamente cumplimentado en ZergaBidea.
  • Internet: A través de la plataforma Zergabidea

Lugares de presentación

  • Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

Plazo de presentación

  • Los fabricantes y los titulares de Depósitos Fiscales presentarán la declaración de operaciones, correspondiente al movimiento habido en el establecimiento durante el trimestre natural inmediatamente anterior, ante la oficina gestora y dentro de los veinticinco primeros días de los meses de enero, abril, julio y octubre.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación. 

Programas de ayuda

Pulse en el programa correspondiente para proceder a su descarga

Normativa

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (PDF)
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)
Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión, en relación con los Impuestos Especiales (PDF).

 

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