Características del programa


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El Conversor a utilizar para las declaraciones confeccionadas por los programas de Bizkaia y Alava será único para el caso del modelo 200 de los ejercicios 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, y 2016. No será necesario utilizar un programa conversor especifico según la declaración sea de un contribuyente de Alava o de un contribuyente de Bizkaia, ni según sea el ejercicio de la declaración.

Asimismo en el caso del modelo 220 el conversor será único para las declaraciones de contribuyentes de Alava y Bizkaia, pero solo referidas a los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

Para los ejercicios 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 estará disponible en la pestaña importación de la plataforma ZergaBidea WEB la opción "conversor de sociedades". Esta opción será válida para aquellos que se identifiquen mediante clave operativa, certificado o B@KQ.

Como el año anterior, el programa del modelo 200 va a posibilitar importar datos contables a partir de un fichero generado por personal especializado de acuerdo con las Especificaciones técnicas (PDF) publicadas en esta página Web.

Importante para microempresas

Aquellas entidades que, cumpliendo los requisitos de microempresa, opten por aplicar la compensación tributaria regulada en el artículo 32.4 de la Norma Foral 2/2014 deben marcar la casilla:

“(75) Opción microempresas compensación tributaria (artículo 32 NF 2/2014)”, en la pantalla de caracteres de la declaración, al comenzar a rellenar el modelo 200.  Hay que recordar que lo marcado en esta pantalla no puede ser modificado posteriormente, por lo que, en caso de error, habría que elaborar una nueva declaración.

Esta opción es incompatible con la aplicación de las reservas reguladas en el capítulo V del Título IV de la NF 2/2014.