192 Declaración de operaciones con Letras del Tesoro

¿Quiénes deben presentarlo?

  • Las entidades gestoras de Anotaciones de Deuda del Estado respecto a las operaciones de suscripción, transmisión o reembolso de Letras del Tesoro.
  • La Central de Anotaciones respecto de las operaciones de suscripción, transmisión o reembolso de letras del tesoro realizadas por cuenta propia por titulares de cuentas en aquella.

¿Qué se declara?

Se declaran todas las operaciones de suscripción, transmisión y reembolso de Letras del Tesoro producidas en el año natural objeto de la declaración.

Modalidades de presentación

  • Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información (Entidades colaboradoras, Entidades de Previsión Social Voluntarias y Planes de Pensiones, Instituciones de Inversión Colectiva), y voluntaria para el resto de contribuyentes.

Plazo de presentación

Entre el 1 y el 31 de enero del año posterior al de la declaración.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.

Normativa

Orden Foral 1.217/2001, de 3 de diciembre, por la que se aprueba el Modelo 192. (PDF)

Impuestos relacionados (modelos)

109 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

200 Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes)