322 Grupo de entidades. Modelo individual declaración mensual

¿Quiénes deben presentarlo?

Las entidades que formen parte de un grupo que vayan a aplicar el régimen especial previsto en el Capítulo IX del Título IX de la normativa del IVA.

¿Qué se declara?

Se declaran las operaciones efectuadas en el mes anterior. A tener en cuenta: este modelo es sólo informativo y en el mismo no se realiza liquidación. El resultado obtenido se incluirá en la declaración-liquidación agregada que presentará la entidad dominante.

Modalidades de presentación

  • Internet: a través de la plataforma web ZergaBidea bien directamente o mediante la transmisión desde esa misma plataforma del fichero elaborado por otro programa.

A partir del 4 de julio de 2023, se puede confeccionar mediante la imputación de los datos suministrados a través del SII, mediante la plataforma ZergaBidea.

Lugares de presentación

Modalidad Internet:

Con la transmisión correcta se tendrá por cumplida la obligación de presentación.

Plazo de presentación

Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de febrero a diciembre. La correspondiente a julio podrá efectuarse desde el 1 de agosto al 25 de septiembre.

Las operaciones referidas al mes de diciembre se incluirán en el modelo 393 anual.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.

Normativa

 

Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

Ley 37/1992 (acceso a web), de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

Real Decreto 1.624/1992  (acceso a web) - Reglamento del I.V.A., de 29 de diciembre 1992. (B.O.E. 31-12-1992)

Orden Foral 8/2023, de 16 de enero, (BOG 19 de enero de 2023), por la que se modifican los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido. (PDF)

Orden Foral 421/2021, de 20 de julio, por la que se aprueban los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido y se modifican las especificaciones técnicas del suministro electrónico de los registros de facturación. (PDF)

Orden Foral 46/2015, de 2 de febrero, por la que se modifican los modelos 322 y 353 del impuesto sobre el valor añadido (PDF)

Otra información de interés

La declaración deberá presentarse aunque no se hayan soportado o repercutido cuotas en el periodo correspondiente, señalándolo con una X la casilla Sin actividad.

Impuestos relacionados (modelos)

039 Comunicación de datos del Régimen Especial de Grupo de Entidades

353 Grupo de entidades. Modelo agregado