330 Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales

¿Quiénes deben presentarlo?

Contribuyentes que estén inscritos en el registro de devoluciones mensuales.

¿Qué se declara?

Se declaran las operaciones efectuadas en el mes anterior. No se presentará modelo 330 en el mes de diciembre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el modelo 390

Modalidades de presentación

Internet: a través de la plataforma web ZergaBidea bien directamente o mediante la transmisión desde esa misma plataforma del fichero elaborado por otro programa. 

A partir del 16 de febrero de 2021, se puede confeccionar mediante la imputación de los datos suministrados a través del SII, mediante la plataforma ZergaBidea.

Importante: La inscripción en el registro se coordina con la obligación de suministrar información sobre las operaciones incluidas en los libros registro. SII. (Hasta el 31/12/2017 - Modelo 340.)

Lugares de presentación

Modalidad Internet:

  • Con la transmisión correcta se tendrá por cumplida la obligación de presentación.
  • Formas de pago: domiciliación, carta de pago y pasarela de pagos.

Plazo de presentación

Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de febrero a diciembre. La correspondiente a julio podrá efectuarse desde el 1 da agosto al 25 de septiembre.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.

Normativa

Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

Ley 37/1992 (acceso a web), de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

Real Decreto 1624/1992  (acceso a web) - Reglamento del IVA, de 29 de diciembre 1992. (BOE 31-12-1992)

Orden Foral 8/2023, de 16 de enero, (BOG 19 de enero de 2023), por la que se modifican los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido (PDF)

Orden Foral 421/2021, de 20 de julio, por la que se aprueban los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido y se modifican las especificaciones técnicas del suministro electrónico de los registros de facturación. (PDF)

Orden Foral 47/2015, de 2 de febrero, por la que se modifican los modelos 300, 310, 320, 330 y 370 del impuesto sobre el valor añadido (PDF)

Otra información de interés

La declaración deberá presentarse, aunque no se hayan soportado o repercutido cuotas en el periodo correspondiente, señalando con una X la casilla Sin actividad.

Impuestos relacionados (modelos)

390 Declaración-liquidación anual del IVA

347 Declaración anual de operaciones con terceras personas

349 Resumen Recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE

036 Declaración censal

840 Impuesto sobre Actividades Económicas. Declaración de actividades

841 Impuesto sobre Actividades Económicas. Declaración de local afecto indirectamente a la actividad