Tasa a ingresar y recargo autonómico (tipo B)

Tributo a ingresar de las máquinas tipo B

  1. Un solo jugador: la cuota anual será de 2.750 euros.

    Cuando se trate de máquinas o aparatos automáticos tipo “B” en los que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea y siempre que el juego de cada uno de ellos sea independiente al realizado por otros jugadores, serán de aplicación las siguientes cuotas:

  2. Dos jugadores: 5.500 euros.
  3. Tres o más: 5.500 más un 15% de esta cantidad por cada jugador que exceda de dos.

Recargo autonómico

Así mismo, será objeto de autoliquidación el 12% del tributo en concepto de Recargo de la Comunidad Autónoma Vasca.

Devengo:

La fecha de devengo determina el sujeto pasivo de todo el ejercicio. Con carácter general, la fecha de devengo será el 1 de enero de cada año. En las máquinas nuevas, el devengo se producirá en el momento de la autorización.

El lugar de ubicación de la máquina en la fecha de devengo determinará la Administración competente para la exacción del tributo.