¿Quiénes deben presentarlo?

Estarán obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre Primas de Seguro las entidades aseguradoras cuando realicen las operaciones gravadas por el impuesto.

Se consideran entidades aseguradoras:

  1. Las entidades de ordenación y supervisión de los seguros privados.
  2. Las sucursales de entidades aseguradoras establecidas en otro Estado miembro, que actúen en España en régimen de  derecho de establecimiento.
  3. Las entidades aseguradoras establecidas en otro Estado miembro, que actúen en España en régimen de libre prestación de servicios.
  4. Las sucursales en España de entidades aseguradoras domiciliadas en terceros países no miembros del espacio económico europeo.

Estarán obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre Primas de Seguro, como sustitutos del contribuyente, los representantes fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del espacio económico europeo que operen en España en régimen de libre prestación de servicios, por las operaciones cuyo riesgo se localice en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.