200 Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes)

Los datos que aquí se presentan se refieren a la declaración del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) del año 2013 cuya declaración se presenta en el año 2014.

¿Quiénes deben presentarlo?

El modelo 200 resulta de presentación obligatoria para:

  • Todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades
  • Las personas y entidades no residentes que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que obtengan dichas rentas mediante establecimiento permanente (N.F. 2/1999).

¿Qué se declara?

La renta obtenida, cualquiera que fuere su fuente u origen, durante el ejercicio objeto de declaración. Deberá acreditarse a través de los justificantes oportunos.

Modalidades de presentación

Plazo de presentación

  • La declaración se presentará en el plazo de 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
  • En el supuesto de concluir el período impositivo el 31 de diciembre de 2013, el plazo de presentación de la correspondiente declaración se extenderá del 1 de julio de 2014 al 28 de julio de 2014.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración.

Programas de ayuda

El programa es único para particulares y representantes profesionales. La única diferencia entre particulares y profesionales es que los profesionales podrán hacer transmisiones colectivas de autoliquidaciones.

Para generar el archivo que contenga la declaración a presentar, podrá utilizarse el siguiente Programa de ayuda:

Guía de instalación de Zergabidea (PDF)

Programa para trabajar en red

Descargar y ejecutar el Servidor de base de datos compartida de los Programa de ayuda de Gipuzkoa

El Servidor de la base de datos compartida es necesario para trabajar en red con el programa de ayuda de Gipuzkoa. Si se quiere compartir una única base de datos en diferentes equipos, se deberá instalar este programa en el ordenador donde se almacenará la base de datos.

El servidor es el encargado de gestionar la base de datos remota al resto de aplicaciones instaladas en diferentes equipos. Para que los programas funcionen de manera remota esta aplicación deberá estar ejecutándose en todo momento. En cada ordenador se deberá configurar el acceso remoto mediante el menú de la aplicación.

Normativa

Orden Foral 351/2014 de aprobación de modelos

Normativa vigente a 31/12/2013 

Otra información de interés

  • Los programas de ayuda son de exclusiva utilización para las entidades que tienen normativa guipuzcoana.

Novedades de campaña

Novedades de campaña 2013

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