Modalidad internet

Esta modalidad puede ser utilizada por:

  • Contribuyentes: Particulares y empresarios/as y profesionales autónomos/as
  • Representantes profesionales: asesores y gestores.

Procedimiento

Para la presentación de la declaración anual de renta por internet tienen que seguirse los siguientes pasos:

1º) Cumplimentación:
Se tiene que utilizar el programa de ayuda ZERGABIDEA. Este programa sólo se encuentra disponible en nuestra web. El programa es el mismo para los contribuyentes y para los representantes profesionales.

Se pueden cumplimentar declaraciones introduciendo los datos o descargando la INFORMACIÓN FISCAL desde nuestra web. Esta descarga de datos fiscales se puede hacer directamente desde el programa o en dos pasos, primero la descarga al ordenador y después la importación de los mismos al programa.

¿De quién se puede descargar los datos fiscales de INFORMACIÓN FISCAL?:

  • Contribuyentes: con la clave operativa o la firma electrónica, los datos propios o de quienes les hayan dado su autorización mediante el modelo 001.
  • Representantes profesionales: con la firma electrónica, los datos de quienes les hayan dado su autorización mediante el modelo 001-P o el modelo 001-RP.

2º) Transmisión:

  • Contribuyentes: con un dato de contraste (importe de la cuota de la declaración de renta de años anteriores), con la clave operativa o con la firma electrónica.
  • Representantes profesionales: con la firma electrónica.

3º) Entrega de justificantes (contribuyentes o representantes profesionales):

A) No hay que presentar justificantes, de manera que la presentación de la declaración finaliza con la transmisión de la declaración cuando se cumplan todos los requisitos siguientes:

  • Se utilice la clave operativa o la firma electrónica para la transmisión.
  • No se haya adquirido la vivienda habitual en el año de la declaración y no se incluyan en la misma conceptos diferentes a los reflejados en el servicio INFORMACIÓN FISCAL.

B) Se presentarán los justificantes cuando no se cumplan los requisitos del punto A).
La declaración se entiende presentada cuando se cumple con este segundo trámite. Por ello, los controles que la declaración ha de superar para proceder al abono de las devoluciones sólo pueden realizarse con posterioridad a la presentación de los justificantes.

Para cumplir este trámite:

Contribuyentes con dato de contraste

En nuestras oficinas o en las de Correos: una vez realizada la transmisión se imprimen dos copias de la hoja de autoliquidación. Estas hojas junto con los justificantes se introducen en un sobre blanco tamaño DINA4 en cuyo exterior se anotará el NIF, el nombre y los apellidos (se puede usar la etiqueta identificativa que se obtiene desde IMPRESIÓN en ZergaBidea). Se nos entrega el sobre.

Contribuyentes con clave operativa o firma electrónica

Una vez verificado en Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos que el archivo con la declaración se ha transmitido correctamente existen dos formas de presentar los justificantes:

  • Por Internet : El usuario escanea los justificantes y obtiene un fichero con los mismos. En Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos, selecciona la declaración y sube este fichero pulsando en el icono ADJUNTAR FICHEROS.
  • En nuestras oficinas o en las de Correos: Se imprimen dos copias de la hoja de autoliquidación desde Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos. Estas hojas junto con los justificantes se introducen en un sobre blanco tamaño DINA4 en cuyo exterior se anotará el NIF, el nombre y los apellidos (se puede usar la etiqueta identificativa que se obtiene desde IMPRESIÓN en ZergaBidea). Se nos entrega el sobre.

Representantes profesionales

Una vez verificado en Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos que el archivo con la declaración se ha transmitido correctamente existen dos formas de presentar los justificantes:

  • Por Internet : El usuario escanea los justificantes y obtiene un fichero con los mismos. En Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos se localiza la declaración de renta correspondiente y se sube este fichero pulsando en el icono ADJUNTAR FICHEROS.
  • En nuestras oficinas: Se imprimen dos copias de la hoja de autoliquidación desde Gipuzkoataria/Hacienda y Finanzas/Declaraciones telemáticas/Modelo 109/Realizar una consulta, presentar justificantes, modificaciones, anulaciones o realizar pagos. Estas hojas junto con los justificantes se introducen en un sobre blanco tamaño DINA4 en cuyo exterior se anotará el NIF, el nombre y los apellidos (se puede usar la etiqueta identificativa que se obtiene desde IMPRESIÓN en ZergaBidea). Se nos entrega el sobre.

Resultado de la autoliquidación

A ingresar
La principal modalidad de pago es la domiciliación mediante la que se carga el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el cargo en la cuenta se realiza el 30 de junio del año 2015.
  • Si se fracciona, se realizan dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 30 de junio de 2015.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2015.

Además, si la declaración se ha presentado mediante clave operativa o firma electrónica se puede adelantar el pago de la deuda y realizarlo mediante la pasarela de pagos sin esperar a las fechas de domiciliación. Tras transmitir la declaración consignando una cuenta para la domiciliación hay que optar por la pasarela de pagos en el apartado Declaraciones telemáticas de Gipuzkoataria.

Otra modalidad de pago es la carta de pago. Tras presentar la declaración consignando una cuenta para la domiciliación hay que acudir a una entidad financiera colaboradora con una carta de pago obtenida en las oficinas de atención ciudadana del Departamento o en el apartado Declaraciones telemáticas de Gipuzkoataria (solo para las declaraciones presentadas mediante clave operativa o firma electrónica). Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el pago se puede realizar hasta el 30 de junio del año 2015.
  • Si se fracciona, se realizan dos pagos:
    • El primero por el 60% de la deuda hasta el 30 de junio de 2015.
    • El segundo por el 40% de la deuda hasta el 10 de noviembre de 2015.

A devolver
La devolución se cobrará por domiciliación. Por lo tanto, el importe de la devolución será abonado en la cuenta del o de la contribuyente.