Modalidad mecanizada

En esta modalidad se presenta la documentación en una Oficina de Renta Mecanizada y nuestro personal técnico ayuda a realizar la autoliquidación.

Si se desea autorizar a otra persona para que acuda a presentar la autoliquidación, aquella deberá presentar una autorización de delegación de firma (PDF) y los DNI de ambas.

¿Quién puede presentar declaración de renta mecanizada?

Podrá acogerse a la modalidad de declaración mecanizada cualquiera excepto:

  • Contribuyentes que determinen el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa normal. Asimismo, no podrán acogerse a la modalidad mecanizada de declaración quienes determinando el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa simplificada, se acojan a las deducciones por inversiones y por otras actividades.
  • Contribuyentes que obtengan imputaciones de renta (transparencia fiscal e inversión colectiva en paraísos fiscales).
  • Contribuyentes con un importe global de transmisiones superior a 100.000 euros.
  • Contribuyentes que realicen más de diez transmisiones patrimoniales durante el período impositivo. A los efectos de este cómputo no se tendrán en cuenta las transmisiones de valores admitidos a cotización que tributen con arreglo al régimen opcional de tributación previsto en la d.a. 20ª de la NF del IRPF consistente en aplicar un gravamen especial del 3% sobre el valor de transmisión siempre que dicho valor sea inferior a 10.000 euros en cada ejercicio.
  • Herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio.

Lugar de presentación y cita previa

Existen varias Oficinas de Renta Mecanizada distribuidas por Gipuzkoa en las que puede presentar su declaración de renta mecanizada, solicitando cita previa desde el 11 de abril al 5 de junio o fecha posterior si quedan citas libres:

  • Por teléfono, llamando al número 902 100 040
  • Por esta web en el apartado “Renta mecanizada – Cita previa” de Servicios y Trámites por Internet. Desde este servicio podrá elegir el día y la hora para presentar la declaración en la Oficina de Renta Mecanizada que le corresponda. Todo ello en sencillos pasos.

¿Qué papeles hay que llevar?

Para poder realizar la declaración deberá llevar:

  • Los Justificantes de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.
  • El código IBAN de la cuenta corriente para domiciliar el pago o el ingreso resultante de la declaración.

Quienes ejerzan una actividad empresarial o profesional deberán, además, presentar los siguientes anexos cumplimentados antes de acudir a la Oficina, en función del régimen de estimación empleado:

La impresión de estos archivos PDF es válida como justificante para la declaración. 

Resultado de la autoliquidación

A ingresar
La principal modalidad de pago es la domiciliación mediante la que se carga el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el cargo en la cuenta se realiza el 30 de junio del año 2017.
  • Si se fracciona, se realizan dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 30 de junio de 2017.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2017.

Otra modalidad de pago es la carta de pago. Hay que acudir a una entidad financiera colaboradora con una carta de pago obtenida en las oficinas de renta mecanizada o en las restantes oficinas del Departamento. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el pago se puede realizar hasta el 30 de junio del año 2017.
  • Si se fracciona, se realizan dos pagos:
    • El primero por el 60% de la deuda hasta el 30 de junio de 2017.
    • El segundo por el 40% de la deuda hasta el 10 de noviembre de 2017.

A devolver
Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta designada. Este trámite se realizará antes de los tres días hábiles siguientes al de la presentación de la autoliquidación.