Todos los departamentos, los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y de las sociedades mercantiles forales adscritas a los mismos, direcciones y servicios de la Diputación Foral de Gipuzkoa deben promover la igualdad de mujeres y hombres, para lo que deben programar, implementar y dar seguimiento a las medidas concretas en su ámbito de actuación, a fin de integrar la perspectiva de género en sus correspondientes políticas sectoriales. En este contexto, es el Órgano para la Igualdad de Mujeres y Hombres el órgano competente del impulso, coordinación, seguimiento y evaluación de dichas políticas forales.
La Diputación Foral de Gipuzkoa acaba de aprobar, con fecha de 7 de octubre del 2020, el III Plan Foral para la igualdad de mujeres y hombres donde se establece el marco estratégico para el desarrollo de las políticas públicas de igualdad de mujeres y hombres a seguir por la Diputación.
En este contexto, es el Órgano para la Igualdad de mujeres y hombres el responsable de coordinar la elaboración, el seguimiento y la evaluación de la planificación foral para la igualdad. Por su parte, los departamentos forales son los responsables de implementar las actuaciones que les corresponde en el marco de dicha planificación foral para la igualdad. Para ello, deben programar anualmente su actividad en materia de igualdad y realizar el seguimiento de la misma. Ya que todos los ellos deben implementar la planificación foral para la igualdad a través de sus programaciones anuales y elaborar anualmente informes de cumplimiento del mismo.
Todas estas estructuras están descritas, recogidas y reguladas en el Decreto Foral 68/2008, de 9 de septiembre, de creación, composición y funcionamiento de la Comisión y del Grupo Técnico Interdepartamentales de igualdad de Mujeres y Hombres de la Diputación Foral de Gipuzkoa.