Prestaciones de maternidad y paternidad (mutualidades y firmes)

Se extiende la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad a las mutualidades y a las situaciones que hubieran devenido firme.

Prestaciones de maternidad y paternidad (mutualidades y firmes)

Se ha publicado en el BOG la disposición normativa que permite extender la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad a:

  • Quienes las percibieron de mutualidades de previsión social durante los ejercicios 2014 a 2018.
  • Quienes hubieran presentado previamente otra solicitud para su exención que fue desestimada de manera que esta situación hubiera devenido firme.

El Departamento procederá a resolver estos expedientes y a devolver, en su caso, las retenciones practicadas.

Mutualidades

Se fija el siguiente procedimiento para simplificar los trámites a los contribuyentes:

  • Los contribuyentes no tienen que presentar su solicitud.
  • Son las mutualidades las que tienen que presentar una solicitud colectiva en representación de sus mutualistas.
  • Las mutualidades tienen que contactar con Hacienda a través de errenta@gipuzkoa.eus para acordar la forma de facilitar la información.

La resolución de estos expedientes se realizará durante el tercer trimestre de 2020.

Firmes

Los contribuyentes afectados si ya han presentado la solicitud de rectificación no tienen que volver a presentarla. Solo tienen que presentarla quienes no lo hubieran hecho.

Se espera acabar con estas revisiones antes de que finalice febrero de 2020.

 

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