Nota informativa plazos COVID-19

Nota informativa sobre los plazos que finalizan el 1 de junio de 2020.

Finalización de plazos el 1 de junio.

Con carácter general, el próximo día 1 de junio de 2020 finalizarán, entre otros, los siguientes plazos:

  • Para presentar determinadas autoliquidaciones y declaraciones.
  • Para presentar alegaciones o atender a requerimientos.
  • Para presentar recursos de reposición y reclamaciones ante el TEAF.
  • Para realizar el pago de liquidaciones provisionales y providencias de apremio.

Se recuerda que los plazos no se inician el 1 junio de 2020, sino que finalizan ese día.

(Téngase en cuenta que no finalizarán el 1 de junio los plazos que, de por sí, finalicen más tarde. En estos casos, estos plazos terminarán en la fecha de fin inicialmente prevista).

 

Efectos de la presentación el día 1 de junio.

El 1 de junio de 2020 será, con carácter general, el último día de plazo, por lo que las presentaciones que se realicen el día 1 de junio se considerarán realizadas en plazo.

 

Reanudación de actuaciones el día 2 de junio.

A partir del día 2 de junio de 2020 se reanudan las actuaciones de la Administración y los procedimientos (gestión, inspección, recaudación, sancionador…) se retoman en aquel punto en el que se dejaron.

Esto quiere decir que, de cara a la duración de los procedimientos, no se reinicia el cómputo de duración de los mismos, sino que se continúa en el momento en que se paralizaron las actuaciones de la Administración.

Esto mismo sucede con respecto al cómputo de la caducidad y de la prescripción.

 

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