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La Diputación analizará el “blindaje” de las normas forales que permiten la implantación de peajes en carreteras

Aintzane Oiarbide: “Tal y como se hizo con la regulación de las normas fiscales, este paso busca dar seguridad jurídica al proyecto que permite sufragar los gastos del mantenimiento de las vías de alta capacidad como la N-1”.

La diputada de Infraestructuras Viarias, Aintzane Oiarbide, ha comparecido, a petición propia, ante la comisión de Infraestructuras de las Juntas Generales de Gipuzkoa y ha explicado que la sentencia “no se corresponde en absoluto con la directiva europea”. La diputada ha confirmado que desde su departamento seguirán trabajando con la Comisión Europea a fin de conseguir un pronunciamiento sobre la no discriminación del sistema de peajes planteado por Gipuzkoa y cuyo dictamen ha sido positivo.

Aintzane Oiarbide ha aprovechado la comparecencia ante la comisión de Infraestructuras Viarias para adelantar que la Diputación está estudiando poner en marcha una iniciativa para blindar las normas forales de carreteras al igual que hizo anteriormente con las normas fiscales. “Hoy en día cualquiera puede recurrir una norma foral ante el TSJPV por el contencioso administrativo y esto hace que dichas normas sean vulnerables. Aunque las normas forales tengan carácter reglamentario, en la práctica tienen consideración de leyes, y debemos protegerlas”. “La competencia de las carreteras es exclusiva, y por consiguiente, la financiación también es exclusivamente nuestra. Para nosotros es primordial financiar el mantenimiento de este tramo tan transitado de la red viaria guipuzcoana mediante el cobro a los vehículos pesados. Se estima que diariamente circulan alrededor de 12.000 camiones por esta carretera y lo justo es que paguen todos esos usuarios”, ha recordado Oiarbide.

La diputada de Infraestructuras Viarias ha adelantado que este debate se daría en el Parlamento Vasco elevando después una propuesta de ley al Congreso de los Diputados. Esta tramitación estará precedida por un informe jurídico que en la propia comparecencia han solicitado los junteros y junteras a la Diputación.

Además de explorar esta vía del blindaje de las normas forales de carreteras, la diputada ha precisado que se seguirá con el trámite judicial y el ente foral presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días previsto en la sentencia.

 

En su exposición en Juntas Generales, la responsable foral se ha mostrado muy crítica con el sentido de la sentencia y ha remarcado que la citada Norma Foral 6/2018 fue redactada escrupulosamente, siguiendo la directiva europea que ordena el pago por uso en los ejes transeuropeos y tras obtener los avales pertinentes por parte de la Comisión Europea. Como ha recordado, el proyecto de Norma Foral fue enviado a instancias europeas como paso previo a su aprobación en Juntas Generales y contó con el plácet de los responsables comunitarios.

Oiarbide ha negado rotundamente que la Norma Foral sea discriminatoria con los transportistas no residentes en Gipuzkoa, como señala la sentencia. Y ha aportado datos reales para desmentir esa afirmación: “El 70% de los movimientos internos realizados en Gipuzkoa lo realizan transportistas de fuera del territorio, en contra de lo que estima la sentencia, y tal y como demuestran los datos auditados del sistema AT, los guipuzcoanos no sólo hacen trayectos internos sino que también hacen trayectos mixtos y de largo recorrido”, ha afirmado Oiarbide.

  Según ha declarado la diputada, la sentencia no tiene en cuenta ninguno de los datos aportados por las defensas. “Ni los nombra, ni los analiza, ni los rebate”. “La sentencia consta de 14 páginas y 3 líneas. De ellas, 9 páginas son idénticas a las de la sentencia   anterior, la de la norma foral 7/2016. Dicho por los propios técnicos de la Comisión Europea, si hubieran visto algún tipo de discriminación, ninguna de las normas forales hubiera obtenido un dictamen positivo por su parte.

La diputada ha finalizado su intervención incidiendo en la inseguridad jurídica que crea esta sentencia: “por un lado tenemos el aval europeo pero no del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco. También nos encontramos con contradicciones como la de la sentencia, que dictamina que solo hay dos opciones para hacer cambios sustanciales respecto a la norma foral 7/2016: o cobrar todo el recorrido, o dejarlo libre de peaje, cuando la Directiva Europea establece que son los propios estados, en este caso el Territorio Histórico de Gipuzkoa, los competentes para decidir los tramos a cobrar”.

  

1986