Preguntas frecuentes

No es necesario pero si usted quiere, está en su derecho. La mayoría de las personas afectadas acude sin abogado, pero si así se siente más seguro o arropado, no dude en llevar el suyo.

¿Te ha servido de ayuda?

Sí, la expropiación es el sistema que tiene la Administración para obtener los terrenos necesarios para hacer una obra de interés público. Cuando se inicien los trámites recibirá en su domicilio una carta certificada en la que se le citará un día determinado para que acuda a su Ayuntamiento con la documentación que se le indique en el escrito. Ese día le explicarán todo el procedimiento de expropiación.

¿Te ha servido de ayuda?

Todas las alegaciones son analizadas, estudiadas y respondidas. Algunas son rechazadas pero muchas otras son aceptadas. Por alegar no pierde nada y puede servir para mejorar el proyecto al tener una información más completa.

¿Te ha servido de ayuda?

Sí. Recibirá una respuesta a las alegaciones presentadas en la dirección que usted haya aportado en su escrito. El plazo puede variar, pero se le contestará.

¿Te ha servido de ayuda?

En el plazo de información pública puede presentar las alegaciones que quiera. Puede referirse a todos los aspectos que desee, aportar información, hacer propuestas o cualquier otro punto que usted considere de interés.

¿Te ha servido de ayuda?

Enviándolas por correo al Departamento de Infraestructuras Viarias y Estrategia Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo Miramón nº 166 20014 Donostia-San Sebastián), entregándolas en el Registro Central de la Diputación Foral o en cualquier Ayuntamiento.

¿Te ha servido de ayuda?

En las oficinas de la Dirección General de Carreteras de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo Miramón nº 166 Donostia-San Sebastián), en el apartado correspondiente de esta misma página web o en cualquiera de los Ayuntamientos afectados por las obras.

¿Te ha servido de ayuda?

En la propia notificación le indicará el plazo en el que puede presentar alegaciones. Si cree que la infracción y la multa son injustas preséntelas argumentando sus razones.

Si en la notificación le indican las medidas restitutorias (lo que tiene que hacer para eliminar la causa de la infracción), hágalo (por ejemplo, solicitar autorización, quitar el cierre que ha colocado si es ilegal, etc...) y después consígnelo por escrito. En algunos casos las multas se pueden reducir e incluso eliminar.

¿Te ha servido de ayuda?

Sí, pero no se preocupe. Si usted dispone de un seguro a terceros, será su compañía aseguradora la que abone los daños. Diputación abrirá un expediente tanto a su nombre como al de su aseguradora pero será ésta la que tenga que pagar. Si recibe una notificación de ese tipo, póngase en contacto con su compañía de seguros.

¿Te ha servido de ayuda?

Presentando en la Sección de Explotación de Carreteras de la Diputación Foral (Paseo Miramón nº 166 20014 Donostia-San Sebastián) un escrito de solicitud firmado en el que figure, al menos:

  • Datos del solicitante
  • Descripción de la obra, uso o actividad a realizar
  • Carretera y punto kilométrico
  • Duración estimada de los trabajos
  • Planos o Proyecto (caso de ser necesario) que lo defina
  • Firma del solicitante

Otros documentos que completen la información (plano de situación, plano descriptivo de los trabajos a realizar, plano de ordenación del Planeamiento Urbanístico, licencia municipal de obras, fotografías, etc.).

¿Te ha servido de ayuda?

Si los trabajos se realizan en la zona de protección de una carretera de la red foral, sí. Para saber hasta donde llega la zona de protección, puede consultar el cuadro que figura en la respuesta a una pregunta en ese sentido que aparece en este mismo apartado.

¿Te ha servido de ayuda?

En primer lugar asegúrese de que la carretera donde ha sufrido los daños pertenece a la Diputación Foral de Gipuzkoa. Para eso consulte en esta misma página web el catálogo de la red Foral de carreteras. Después, si el desperfecto se debe al mal estado de la carretera, a defectos en su mantenimiento o algún otro motivo imputable a la Administración, puede presentar una reclamación. Deberá aportar la mayor información posible (importe de los daños, fotos, atestado policial, etc...) que permita conocer lo sucedido y sus causas. El modo de presentar la reclamación lo puede consultar más arriba en este mismo apartado.

¿Te ha servido de ayuda?

En la página Web del Servicio de Información Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa existe un apartado específico para obtener la distancia entre el ayuntamiento del municipio que seleccionemos y el resto de los municipios de Gipuzkoa. Distancia entre municipios.

¿Te ha servido de ayuda?

La distancia que deben guardar las construcciones desde el borde o línea exterior de la explanación es función del tipo de carretera y del tipo de construcción. En el siguiente cuadro se especifican tanto las distancias como las zonas de dominio público y de protección de la carretera:

DISTANCIAS AUTOPISTAS
AUTOVIAS
VIAS RAP.
RED
PREFERENTE
(roja)
RED
BÁSICA
(naranja)
RED COMARCAL
(verde)
RED
LOCAL
(amarilla)
RED
LOCAL
(gris)
DOMINIO PUBLICO 8 8 3 3 3 3
ZONA DE PROTECCIÓN 100 50 50 30 30 30
CONSTRUCCIONES 50 25 25 18 18 12

Los documentos que se deben presentar para obtener la autorización son los siguientes:Los documentos que se deben presentar para obtener la autorización son los siguientes:

Otros documentos (plano de situación, plano descriptivo de los trabajos a realizar, plano de ordenación del Planeamiento Urbanístico, licencia municipal de obras, fotografías, etc.)

  • Datos del solicitante
  • Obra, uso o actividad a realizar
  • Carretera y punto kilométrico
  • Duración estimada
  • Proyecto (caso de ser necesario)
¿Te ha servido de ayuda?

Se debe presentar un escrito de reclamación en el Registro Central de la Diputación Foral o en el Registro General del Departamento de Infraestructuras Viarias. En el escrito de reclamación se deben incluir los siguientes datos:

  • Nombre, apellidos, DNI, dirección y teléfono.
  • Explicar las circunstancias en las que se ha producido el accidente.
  • Indicar si existe informe de la Ertzaintza o de la Policía local competente.
  • Adjuntar factura o presupuesto de reparación.
  • Precisar el importe de la indemnización.

El plazo de presentación es hasta un año después de producido el hecho o de manifestarse su efecto lesivo.

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