Invasoras

Koipu

Flora exótica invasora

 

La flora autóctona es aquella que se da en nuestro territorio de forma natural. Las distintas especies se propagan en su entorno y, en ocasiones, son capaces de expandir su territorio de forma espontánea, es un mecanismo que se ha dado desde siempre y que ha de entenderse como un fenómeno natural.

Sin embargo, existe otro mecanismo de dispersión de especies en el que éstas son introducidas ya sea por acción directa o como consecuencia indirecta de la intervención humana en territorios inalcanzables mediante mecanismos biológicos ordinarios. Hablamos entonces de flora alóctona que, aunque a menudo carece de capacidad de adaptarse al nuevo lugar, en ocasiones, se naturaliza y es capaz de subsistir y reproducirse en su nueva región de destino.

Cuando alguna de estas especies de flora alóctona naturalizada, ya sea por su gran capacidad de proliferación o por otros mecanismos, incide negativamente sobre la flora autóctona o los ecosistemas locales, empezamos a hablar ya de flora exótica invasora, la cual, puede llegar a transformar incluso los hábitats naturales y provocar serios problemas de conservación tanto para especies como en los propios hábitats.

Es tal la envergadura de esta problemática que, según la IUCN, es el mayor problema para la conservación de la biodiversidad a escala global después de la pérdida de hábitats.

En el caso de la CAV, se calcula que en torno a un 20% de las aproximadamente 2.300 especies existentes son exóticas. Entre ellas, las que muestran un inequívoco carácter invasor representan un 4% del total.

La nefasta incidencia ambiental de este tipo de especies ha obligado a la Unión Europea a introducir esta problemática en sus estrategias de conservación. De igual manera, viene recogida en la normativa estatal y también en la Ley 9/2021 de Patrimonio Natural del Euskadi, recientemente aprobada.

Aunque esta la ley vasca establece la necesidad de crear un Catálogo Vasco de Especies Exóticas Invasoras, ésta no ha sido aún elaborada. Es por ello que, no existe un catálogo propio en la CAV que aborde nuestra problemática específica, tenemos la estatal, pero por motivos obvios, resulta insuficiente.

A pesar de carecer de competencia directa sobre esta cuestión, desde la Diputación Foral de Gipuzkoa (GFA/DFG) venimos desarrollando actuaciones encaminadas al control de aquellas especies invasoras de carácter prioritario para nuestro territorio. Estas prioridades se han determinado en función del grado de dispersión de la especie, el nivel de incidencia sobre los ecosistemas y la importancia de dichos hábitats, así como la capacidad técnico-científica y económica de abordar actuaciones eficaces y eficientes contra ellas.

Las especies sobre las que venimos actuando son las siguientes:

  •  Eliminación de Cortaderia selloana y Buddleja davidii en todo el territorio. Se han realizado importantes actuaciones fundamentalmente en la comarca costera entre Usurbil y el Bidasoa, si bien quedan importantes focos por abordar en el propio Donostia
  •  Eliminación de Fallopia japonica, como especie principal y Phyllostachys aurea y Hellianthus tuberosus como secundarias en los cursos de la cuenca del Urola, Deba y Urumea. El corredor fluvial es un elemento de especial importancia naturalística que es necesario recuperar
  •  Eliminación de Baccharis halimifolia en los estuarios del Territorio y en la fachada marina de Jaizkibel. Incide sobre un hábitat especialmente escaso y valioso. Esta planta ha sido prácticamente erradicada.
  •  Control de especies invasoras específicas de hábitats zonales de especial valor ecológico incluídos en Red Natura 2000 (hábitats dunares: Oenothera drummondii, Paspalum dilatatum, Stenotaphrum secundatum, Sporobolus indicus; turberas y brezales: Baccharis halimifolia, Helchrysum orbiculare; pastizales: Phytolacca americana)

 

El Departamento trabaja en el control y erradicación de especies invasoras en Gipuzkoa, tanto de fauna como de flora. Las principales líneas de trabajo son las siguientes:

Informes

Una vez testados los métodos de erradicación de esta especie, se has iniciado los trabajos de erradicación en el tramo del Urola entre Azkoitia y Azpeitia y aguas debajo de Azpeitia. A través de esta acción se quiere actuar en un amplio tramo y a través de un trabajo continuado comprobar la posibilidad de erradicar o al menos controlar radicalmente esta especie tan extendida en este tramo del Urola, de forma que se pueda extender a otras zonas de los ríos de Gipuzkoa.

En esta acción trabajamos en colaboración con los dos Ayuntamiento, que cuentan con un presupuesto destinado a su ejecución, para lo que han solicitado una ayuda al Gobierno Vasco.

La acción va ser dirigida y controlada por el Servicio que asimismo va a continuar con los trabajos de erradicación en tramos en los que se venía trabajando en el Urola y va a actuar en tramos en los que no lleguen los Ayuntamientos y que sin embargo sea necesario erradicar la reinutria para impedir su posterior expansión.

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Desde la aprobación del Plan de Gestión del visón europeo en Gipuzkoa, se venía realizando un trabajo de seguimiento y control de la presencia de visón americano en Gipuzkoa, atendiendo a que la expansión de esta especie es posiblemente el factor de mayor riesgo para la conservación del visón europeo. Con el proyecto LIFE LUTREOLA, los trabajos de erradicación de visón americano se han intensificado y se han obtenido muy buenos resultados gracias a la utilización de una nueva metodología de detección y trampeo: las plataformas flotantes; con estas plataformas, se han conseguido capturar cerca de un centenar de visones americanos en los últimos cuatro años.

Informes

Se tiene constancia de la presencia del coipú (Myocastor coipus) en Gipuzkoa, desde hace al menos 30 años, y con procedencia de las cercanas poblaciones francesas, formadas a partir de ejemplares que se trajeron para explotar su piel a finales del s.XIX. El área de distribución de esta especie alcanzó su máximo en Gipuzkoa hace una década, pudiendo confirmar entonces que ocupaba varios tramos de los ríos Bidasoa, Urumea, Oiartzun y Jaizubia, y las zonas húmedas costeras que bordean la Bahía de Txingudi (Plaiaundi, Oxinbiribil).

En cuanto a la rata almizclera (Ondatra zibethicus), se sospecha su presencia en Navarra, en la cuenca del Bidasoa, desde los años 80, pero está no fue confirmada hasta 2003. Al igual que la primera, ha alcanzado nuestro territorio desde suelo francés, siendo su origen en Europa una introducción realizada a principios del s.XX en Bohemia (República Checa). Se conoce su presencia en las cuencas de los ríos Bidasoa, Urumea y Jaizubia.

Informe

El control de las poblaciones de esta especie se realiza mediante el ejercicio de la pesca, evitando con ello su dispersión más allá de sus áreas de distribución actual. Su captura se restringe al río Leitzaran, y es obligatorio la obtención de un permiso a través de la Federación Guipuzcoana de Pesca. Anualmente se publica la Normativa que regula la captura del cangrejo señal.

Desde el año 2010, esta especie a la que llamamos avispa asiática está causando uno de los mayores perjuicios en toda la cornisa cantábrica. Los apicultores fueron los primeros en darse cuenta que la avispa había llegado, y ellos fueron de los primeros en sufrir sus consecuencias, pero con el paso del tiempo, el daño se ha extendido a más colectivos. Los problemas provocados han sido de diversos tipos:

  • socioeconómicos: en apicultura y, sobre todo, en agricultura ha tenido graves daños y la administración ha tenido que hacer grandes gastos para controlar esta plaga.
  • biodiversidad: caza abejas y otro insectos autóctonos
  • salud pública: hay riesgo de picaduras

La avispa asiática figura en el Catálogo de Especies Invasoras Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras y pasará a formar parte de la lista de Especies Exóticas Invasoras de la Unión Europea. La Diputación Foral de Gipuzkoa en el año 2015 puso en marcha un protocolo para hacerle frente y todavía hoy continúa.

Informes


El Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y la Flora es un registro público, de carácter administrativo, creado por la Ley 16/94 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Está integrado por las especies, subespecies o poblaciones cuya protección exige medidas específicas.

La inclusión en el Catálogo de una especie, subespecie o población de fauna o flora, conlleva su clasificación dentro de una Categoría de Amenaza, así como unas normas de protección y la redacción de un Plan para su Gestión en particular.

Enlaces de interés

  • Real Decreto 630/2013 de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.