Deducciones por inversiones ambientales

El artículo 65.2.b de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, sobre el Impuesto de Sociedades, prevé que los contribuyentes podrán deducir de la cuota líquida un 15% del importe de las inversiones realizadas en activos nuevos del inmovilizado material, cuando éstos sean necesarios para la ejecución de proyectos que tengan como objeto alguno o algunos de los que se indican seguidamente:

  1. Minimización, reutilización y valorización de residuos
  2. Movilidad y Transporte sostenible
  3. Regeneración medioambiental de espacios naturales consecuencia de la ejecución de medidas compensatorias o de otro tipo de actuaciones voluntarias
  4. Minimización del consumo de agua y su depuración
  5. Empleo de energías renovables y eficiencia energética

A tal fin, la Dirección de Administración Ambiental del Departamento de Sostenibilidad emitirá, un Certificado de Idoneidad Ambiental de la inversión realizada para poder acreditar que se cumplen los requisitos establecidos en la normativa reguladora de dicho impuesto para la aplicación de la deducción -Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, sobre el Impuesto de Sociedades y Decreto Foral 17/2015, de 16 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades-.

PROCEDIMIENTO

Se puede resumir el procedimiento como sigue:

  1. Solicitud del Certificado de Idoneidad Ambiental. Ha de realizarse ante la Dirección General de Administración Ambiental, a través del registro electrónico, en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa con anterioridad a la finalización del primer periodo impositivo en el que el contribuyente aplique esta deducción.

    Según el art. 36.3 del Decreto Foral 17/2015, de 16 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, la solicitud deberá contener, al menos, la siguiente información:

    1. Descripción detallada del proyecto identificando el objeto del mismo y el supuesto en el que encaja dentro de los mencionados en el apartado 1 de dicho artículo.
    2. Cuantificación del plan de inversiones a efectuar y calendario de ejecución de las mismas.
    3. Tecnología a utilizar, su procedencia y referencias existentes.
    4. Autorización, informe de conformidad y/o certificación de la oportuna Administración sectorial o de las entidades homologadas.

    Asimismo, la solicitud incluirá:

    • Facturas y justificantes de pago de las inversiones que el contribuyente quiere deducirse.
    • Resoluciones de las subvenciones concedidas a las inversiones que el contribuyente quiere deducirse.
  2. Emisión del Certificado de Idoneidad Ambiental por la Dirección General de Administración Ambiental.
  3. Aportación por el contribuyente del Certificado de Idoneidad Ambiental ante el Departamento de Hacienda y Finanzas. Podrá ser voluntaria junto con la autoliquidación del Impuesto de Sociedades o tras requerimiento realizado por el Departamento de Hacienda y Finanzas.

SOLICITAR EL CERTIFICADO DE IDONEIDAD AMBIENTAL