31·10·2025
Dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto de construcción para la rehabilitación de varias obras de drenaje transversal en la AP-8 y la GI-20, la Dirección de Administración Ambiental ha emitido el correspondiente Informe de Impacto Ambiental.
El informe concluye que el proyecto no debe de someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, ya que se considera que no va a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se garantice la efectiva incorporación y cumplimiento de algunas condiciones a las que debe ajustarse su desarrollo y ejecución para optimizar la integración ambiental.