Sentencia del Tribunal Supremo en relación con la tasa del 1,5% por aprovechamiento especial del dominio público local
Es conforme a Derecho su exigencia a empresas de comercialización de energía eléctrica, que no son titulares de las redes de distribución.
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El Tribunal Supremo en su sentencia del pasado 20 de octubre de 2025 señala que la exigencia de la tasa municipal por aprovechamiento especial del dominio público local mediante el uso de cables y conducciones en las vías públicas, por parte de empresas de comercialización de energía eléctrica, que no son titulares de las redes de distribución que utilizan para el ejercicio de dicha actividad, es conforme a Derecho.
Asimismo resuelve que no es de aplicación al caso la doctrina establecida referida a los operadores de telecomunicaciones, y que el establecimiento de la citada tasa local no tiene la consideración de gravamen indirecto adicional.
La Sala de instancia desestimó el recurso de apelación de una empresa comercializadora de energía eléctrica. El TS confirma la sentencia recurrida y declara que un Ayuntamiento puede exigir la mencionada tasa a empresas que usan las redes, a pesar de que no sean titulares de las redes.
Más información STS de 20-10-2025 (PDF)