Modalidad mecanizada

En esta modalidad se presenta la documentación en una Oficina de Renta Mecanizada y nuestro personal técnico ayuda a realizar la autoliquidación.

Si se desea autorizar a otra persona para que acuda a presentar la autoliquidación, aquella deberá presentar una autorización de delegación de firma (PDF) y los DNI de ambas.

¿Quién puede presentar declaración de renta mecanizada?

Podrá acogerse a la modalidad de declaración mecanizada cualquiera excepto:

  • Contribuyentes que determinen el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa normal. Asimismo, no podrán acogerse a la modalidad mecanizada de declaración quienes determinando el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa simplificada, se acojan a las deducciones por inversiones y por otras actividades.
  • Contribuyentes que obtengan imputaciones de renta (transparencia fiscal e inversión colectiva en paraísos fiscales).
  • Contribuyentes con un importe global de transmisiones superior a 30.000 euros.
  • Contribuyentes que realicen más de diez transmisiones patrimoniales durante el período impositivo.

Lugar de presentación y cita previa

Existen varias Oficinas de Renta Mecanizada distribuidas por Gipuzkoa en las que puede presentar su declaración de renta mecanizada, solicitando cita previa desde el 16 de abril al 8 de junio o fecha posterior si quedan citas libres:

  • Por teléfono, llamando al número 902 100 040
  • Por esta web en el apartado “Renta mecanizada – Cita previa” de Servicios y Trámites por Internet. Desde este servicio podrá elegir el día y la hora para presentar la declaración en la Oficina de Renta Mecanizada que le corresponda. Todo ello en sencillos pasos.

¿Qué papeles hay que llevar?

Para poder realizar la declaración deberá llevar:

  • Los Justificantes de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.
  • Los 20 dígitos de la cuenta corriente para domiciliar el pago o el ingreso resultante de la declaración

Quienes ejerzan una actividad empresarial o profesional deberán, además, presentar los siguientes anexos cumplimentados antes de acudir a la Oficina, en función del régimen de estimación empleado:

La impresión de estos archivos PDF es válida como justificante para la declaración. 

Resultado de la autoliquidación

A ingresar 
Al ser la domiciliación obligatoria, se cargará el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada.

Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona el pago de la deuda, el cargo en la cuenta se realizará el 2 de julio del año 2012.
  • Si se opta por fraccionar el pago de la deuda, se realizarán dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 2 de julio de 2012.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 12 de noviembre de 2012.

A devolver :
Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta designada. Este trámite se realizará antes de los tres días hábiles siguientes al de la presentación de la autoliquidación.