Propuesta de autoliquidación

Esta será la decimosexta campaña en la que prepararemos las propuestas de autoliquidación de renta que se enviarán por correo. Hemos elaborado una propuesta para más de la mitad de las declaraciones. Es reseñable la notable aceptación de esta modalidad. Durante la última campaña se aceptaron 204.457 propuestas, lo que representa un 90,1% de las 227.042 enviadas.

Las propuestas de autoliquidación se envían únicamente cuando se dispone de toda la información necesaria para confeccionarlas con exactitud, por ello:

  • Sólo se envían las propuestas que se considera que no tienen errores.
  • El hecho de recibir una propuesta en un año, por lo expuesto anteriormente, no garantiza que se reciba también en los siguientes.

Mediante esta modalidad se recibe por correo la declaración hecha. Esta propuesta se realiza con la información fiscal disponible a la fecha de envío de la propuesta.

Se debe comprobar que la declaración es correcta, y sólo en ese caso aceptar la propuesta de autoliquidación en el plazo establecido para ello, desde el 7 de abril al 25 de junio.

Si la declaración es correcta y la quiere aceptar, puede hacerlo de dos maneras:

  • Por teléfono, llamando a partir del 7 de abril al número 902 100 040. Le pedirán su NIF y la clave que figura en la propuesta.
  • La opción “aceptación de propuestas de autoliquidación” de esta web le permite:
    • Saber si le hemos enviado una propuesta: introduciendo el NIF
    • Ver la propuesta en caso de que se le haya enviado: introduciendo el importe de la cuota de alguno de los últimos ejercicios.
    • Aceptar la propuesta: introduciendo el NIF y la clave que figura en la propuesta.

Si no se acepta la propuesta de autoliquidación por ser incorrecta (faltan rentas por incluir o se tiene derecho a gastos o a deducciones no incluidas en la declaración) o por cualquier otra razón, se deberá presentar la declaración a través de cualquiera de las otras modalidades disponibles.

Resultado de la autoliquidación

A ingresar
La principal modalidad de pago es la domiciliación mediante la que se carga el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el cargo en la cuenta se realiza el 30 de junio del año 2014.
  • Si se fracciona, se realizan dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 30 de junio de 2014.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2014.

Otra modalidad de pago es la carta de pago. Tras presentar la declaración consignando una cuenta para la domiciliación hay que acudir a una entidad financiera colaboradora con una carta de pago obtenida en las oficinas de atención ciudadana del Departamento. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el pago se puede realizar hasta el 30 de junio del año 2014.
  • Si se fracciona, se realizan dos pagos:
    • El primero por el 60% de la deuda hasta el 30 de junio de 2014.
    • El segundo por el 40% de la deuda hasta el 10 de noviembre de 2014.

A devolver 
Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta designada. Este trámite se realizará antes de los tres días hábiles siguientes al de la presentación de la autoliquidación.

Más Información

Ejemplos de propuestas de autoliquidación:

Comunicación informativa a quien habiendo recibido propuesta el ejercicio anterior, no va a recibir propuesta este año: