Propuesta de autoliquidación

Hemos elaborado una propuesta para más de la mitad de las declaraciones. Es reseñable la notable aceptación de esta modalidad. Durante la última campaña se aceptaron 214.478 propuestas, lo que representa un 85,6% de las 250.614 enviadas.

Las propuestas de autoliquidación se elaboran únicamente cuando se dispone de toda la información necesaria para confeccionarlas con exactitud, por ello:

  • Sólo se envían las propuestas que se considera que no tienen errores.
  • El hecho de recibir una propuesta en un año, por lo expuesto anteriormente, no garantiza que se reciba también en los siguientes.

Mediante esta modalidad se recibe por correo o se obtiene en la web la declaración hecha. Esta propuesta se realiza con la información fiscal disponible a la fecha de envío de la propuesta.

Se debe comprobar que la declaración es correcta, y sólo en ese caso aceptar la propuesta de autoliquidación en el plazo establecido para ello, desde el 6 de abril al 29 de julio de 2020.

Si la declaración es correcta y la quiere aceptar, puede hacerlo de dos maneras:

  • Por teléfono, llamando a partir del 6 de abril al número 943 113 000. Le pedirán su NIF y el código que figura en la propuesta.
  • La opción “aceptación de propuestas de autoliquidación” de esta web le permite:
    • Saber si le hemos enviado una propuesta: introduciendo el NIF
    • Ver la propuesta en caso de que se le haya enviado: introduciendo el importe de la cuota de alguno de los últimos ejercicios.
    • Aceptar la propuesta: introduciendo el NIF y la clave que figura en la propuesta.

Si no se acepta la propuesta de autoliquidación por ser incorrecta (faltan rentas por incluir o se tiene derecho a gastos o a deducciones no incluidas en la declaración) o por cualquier otra razón, se deberá presentar la declaración a través de cualquiera de las otras modalidades disponibles.

Resultado de la autoliquidación

devolver

Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta designada. Este trámite se realizará antes de los tres días hábiles siguientes al de la presentación de la autoliquidación.

A ingresar
La principal modalidad de pago es la domiciliación mediante la que se carga el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el cargo en la cuenta se realiza el 30 de julio del año 2020.
  • Si se fracciona, se realizan dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 30 de julio de 2020.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2020.

También existen otras dos modalidades de pago, la carta de pago y la pasarela de pagos, que tambien permiten fraccionar o no el pago:

  • Si no se fracciona, el pago se puede realizar hasta el 30 de julio del año 2020.
  • Si se fracciona, se realizan dos pagos:
    • El primero por el 60% de la deuda hasta el 30 de julio de 2020.
    • El segundo por el 40% de la deuda hasta el 10 de noviembre de 2020.

Para realizar el pago con la carta de pago se podrán utilizar los diferentes canales (ventanilla, cajero, banca electrónica) que proporciona la entidad financiera colaboradora. La carta de pago puede obtenerse en la plataforma ZergaBidea o en las oficinas de atención ciudadana del Departamento.
Para realizar el pago con la pasarela de pagos hay que conectarse con la misma a través de la plataforma ZergaBidea.

Más Información

Ejemplos de propuestas de autoliquidación:

Comunicación informativa a quien habiendo recibido propuesta el ejercicio anterior, no va a recibir propuesta este año: