199 Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito. Declaración anual
¿Quiénes deben presentarlo?
Están obligadas a presentar el Modelo 199 las Entidades de crédito
¿Qué se declara?
Los cheques que las entidades de crédito:
- Libren contra entrega de efectivo, bienes, valores u otros cheques, salvo los librados contra una cuenta bancaria.
- Paguen en efectivo, y no en cuenta bancaria:
- Emitidos por una entidad de crédito.
- Librados por personas distintas por importe superior a 3.005,06 euros.
Modalidades de presentación
- Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información (Entidades colaboradoras, Entidades de Previsión Social Voluntarias y Planes de Pensiones, Instituciones de Inversión Colectiva), y voluntaria para el resto de contribuyentes.
Plazo de presentación
Entre el 1 de enero y el 20 de febrero del año posterior al de la declaración.
Impresos
La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.
- Modelo 199 (PDF)
Diseños lógicos
- Modelo 199 (PDF)
Normativa
Orden Foral 377/2002, de 22 de abril, por la que se aprueba modelo 199. (PDF)
Impuestos relacionados (modelos)
109 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
201 Declaración Impuesto sobre Sociedades