Quien es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades

En general, son sujetos pasivos del Impuesto las personas jurídicas, esto es, las sociedades.

La Norma Foral sin embargo presenta varias excepciones:

1. No son sujetos pasivos del Impuesto, a pesar de ser personas jurídicas, las sociedades civiles (salvo las Sociedades Agrarias de Transformación).

2. Sí son sujetos pasivos del Impuesto las siguientes entidades y fondos, pese a no tener personalidad jurídica:

  • Los fondos de inversión, regulados en la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Las uniones temporales de empresas, reguladas en la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de las Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de Desarrollo Industrial Regional.
  • Los fondos de capital-riesgo, regulados en el Real Decreto-Ley 1/1986, de 14 de marzo, de Medidas Urgentes Administrativas, Financieras, Fiscales y Laborales.
  • Los fondos de pensiones, regulados en la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Planes y Fondos de Pensiones.
  • Los fondos de regulación del mercado hipotecario, regulados en la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario.
  • Los fondos de titulización hipotecaria, regulados en la Ley 19/1992, de 7 de julio, sobre Régimen de Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos de Titulización Hipotecaria.
  • Los fondos de titulización de activos a que se refiere la disposición adicional quinta, 2, de la Ley 3/1994, de 14 de abril, sobre Adaptación de la Legislación Española en Materia de Crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y otras modificaciones relativas al sistema financiero.
  • Los grupos de sociedades que tributen conforme al régimen de consolidación fiscal.
  • Los Fondos de Garantía de Inversiones, regulados en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.