Modelo 20F. Comunicación de la participación en la financiación de proyectos/ obras o espectáculos

Los datos que aquí se presentan se refieren a la comunicación de la participación en la financiación de proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, y de obras audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.

¿Quiénes deben presentarlo?

Están obligados a presentar el modelo 20F los contribuyentes del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes que operen con mediación de establecimiento permanente, que pretendan aplicar:

  • La deducción prevista en el artículo 64 bis de la NF 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades (financiación del proyecto de I+D+i), o
  • La deducción prevista en el artículo 66 ter de la NF 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades (financiación de la obra o espectáculo).

Modalidades de presentación

El modelo 20F se presentará exclusivamente por vía telemática a través de la plataforma Zergabidea.

Plazo de presentación

Los plazos para presentar el modelo 20F serán los siguientes:

  • En caso de la comunicación de la participación en la financiación de  proyectos de I+D+i, a más tardar, el mes siguiente a la finalización del período impositivo en que se formalice el contrato de financiación.
  • En caso de la comunicación de la participación en la financiación de obras o espectáculos en vivo, a más tardar, el mes siguiente a la finalización del período impositivo en que se genere la deducción.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración.

Documentación a presentar junto con el modelo 20F

Debe presentarse junto con el modelo 20F de una copia de los contratos de financiación a la que se refieren los artículo 64 bis y el artículo 66 ter, ambos de la Norma Foral 2/2014, del IS.

Además de ello, se deberá adjuntar:

  • Cuando la comunicación se refiera a la participación en la financiación de proyectos de  I+D+i, informe motivado (artículo 64 bis apartado 2 letra d) de la NFIS) o, cuando aún no hubiera sido emitido, documentación acreditativa de su solicitud.
  • Cuando la comunicación se refiera a la participación en la financiación de obra o espectáculo, certificado acreditativo del caracter cultural (artículo 37 bis y el 37 quinquies del reglamento del IS) o, cuando aún no hubiera sido concedido, documentación acreditativa de su solicitud.

Normativa

Orden Foral 509/2024,  de 20 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 20F.