¿Quiénes deben presentarlo?

Podrán inscribirse en el Registro de Exportadores y Otros Operadores Económicos, a efectos de solicitar la devolución mensual del saldo a su favor existente al termino de cada periodo de liquidación, los sujetos pasivos que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 116 del Decreto Foral 102/1992 (PDF) del IVA, y efectúen las operaciones determinadas en el artículo 30 del Real Decreto 1624/1992 (PDF) del Reglamento del IVA, según el procedimiento y plazos establecidos en el mismo.