345 Declaración anual sobre sistemas de previsión social
¿Quiénes deben presentarlo?
- Las Entidades de Previsión Social Voluntaria y Entidades Gestoras de Fondos de Pensiones.
- Las empresas que actúen como socios protectores de EPSV y promotores de Planes de Pensiones.
- Las empresas o entidades acogidas a sistemas alternativos siempre que las contribuciones o aportaciones no se imputen fiscalmente a sus beneficiarios.
- Las Mutualidades de Previsión Social por las aportaciones que tengan por objeto la cobertura de las contingencias de muerte, viudedad, orfandad, jubilación o situación asimilable, invalidez laboral total o permanente para la profesión habitual, absoluta y permanente para todo el trabajo y la gran invalidez.
- Las entidades aseguradoras que comercializan planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y productos que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia.
¿Qué se declara?
La información necesaria para saber lo que debe declarar cada obligado tributario.
Modalidades de presentación
- Internet: desde la plataforma ZergaBidea.
- Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información (Entidades colaboradoras, Entidades de Previsión Social Voluntarias y Planes de Pensiones, Instituciones de Inversión Colectiva), y voluntaria para el resto de contribuyentes.
Plazo de presentación
Entre el 1 y el 31 de enero, ambos inclusive, en relación con la información referida al año inmediato anterior.
Programas de ayuda
ZergaBidea (HTML)
Diseños lógicos
- Modelo 345 (PDF)
Normativa
Orden Foral 533/2025, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden Foral 530/2022, de 16 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 345 de declaración anual sobre entidades de previsión social voluntaria, planes y fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, así como las formas y plazo de presentación.
Orden Foral 515/2024, de 30 de diciembre, por la que se modifican los modelos 345, aprobado por la Orden Foral 530/2022, de 16 de noviembre, y 346, aprobado por la Orden Foral 1132/2008, de 23 de diciembre.
Orden Foral 479/2023, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden Foral 530/2022, de 16 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 345 de declaración anual sobre entidades de previsión social voluntaria, planes y fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, así como las formas y plazo de presentación.
Orden Foral 530/2022, de 16 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 345 de declaración anual sobre entidades de previsión social voluntaria, planes y fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, así como las formas y plazo de presentación.
Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales.
Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (PDF)