346 Subvenciones e indemnizaciones a agricultores y ganaderos
¿Quiénes deben presentarlo?
Todas aquellas entidades públicas o privadas que hayan satisfecho a titulares de actividades agrícolas o ganaderas subvenciones o indemnizaciones en el año de la declaración, bien sea como concedente o como encargada de su pago por cuenta de otras entidades.
Las subvenciones o indemnizaciones se entenderán satisfechas el día en que se expida la correspondiente orden de pago.
¿Qué se declara?
El importe de la subvención o indemnización, cualquiera que sea su cuantía.
Modalidades de presentación
- Internet: Mediante transmisión por internet, a través de la plataforma ZergaBidea, del fichero elaborado ajustándose a los diseños lógicos previstos en el anexo II de la Orden Foral 1.132/2008.
Plazo de presentación
Entre el 1 y el 31 de enero del año posterior al de la declaración.
Impresos
La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración.
- Modelo 346 (PDF)
Diseños lógicos
- Modelo 346 (PDF)
Normativa
Orden Foral 515/2024, de 30 de diciembre, por la que se modifican los modelos 345, aprobado por la Orden Foral 530/2022, de 16 de noviembre, y 346, aprobado por la Orden Foral 1132/2008, de 23 de diciembre.
Orden Foral 1132/2008, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el Modelo 346, de subvenciones, indemnizaciones o ayudas derivadas del ejercicio de actividades agrícolas, ganaderas o forestales. (PDF)
Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (PDF)