512 Impuesto sobre hidrocarburos. Relación anual de destinatarios de productos de la Tarifa 2ª
¿Quiénes deben presentarlo?
Titulares de fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales de hidrocarburos que envíen productos sensibles de la Tarifa 2º del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.
¿Qué se declara?
Envíos anuales en cantidad igual o superior a 50.000 litros de los citados productos enviados con aplicación de la exención contemplada en el apartado 1 del artículo 51 del Decreto Foral 20/1998 de Impuestos Especiales.
Modalidades de presentación
- Papel: Mediante la entrega del modelo cumplimentado previamente en Zergabidea.
- Internet: mediante transmisión del modelo a través de Zergabidea.
Lugares de presentación
- Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).
Plazo de presentación
Anual. A presentar dentro del primer trimestre de cada año.
Impresos
La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.
- Modelo 512 (PDF)
Normativa
Decreto Foral Normatico 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales (PDF)
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)
Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales. (PDF)
Orden Foral 220/2002, de 11 de marzo de 2002, que aprueba, entre otros, el modelo 512 (PDF)
Otra información de interés
- Se presentará el modelo 512 ante la Hacienda Foral guipuzcoana cuando el establecimiento desde el que se enviaron los productos se encuentre situado en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.