553 Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas
¿Quiénes deben presentarlo?
Los titulares de fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas (sidras,…)
¿Qué se declara?
Las operaciones realizadas en cada mes o trimestre natural, según proceda, incluso cuando sólo tengan existencias.
Modalidades de presentación
- Papel: Mediante entrega del modelo 553 previamente cumplimentado en ZergaBidea.
- Internet: A través de la plataforma Zergabidea.
Lugares de presentación
- Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).
Plazo de presentación
- Los fabricantes y los titulares de Depósitos Fiscales presentarán la declaración de operaciones, correspondiente al movimiento habido en el establecimiento durante el trimestre natural inmediatamente anterior, ante la oficina gestora y dentro de los veinticinco primeros días de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Impresos
La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.
- Modelo 553 (PDF)
Programas de ayuda
Pulse en el programa correspondiente para proceder a su descarga
Normativa
Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales (PDF).
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)
Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión, en relación con los Impuestos Especiales (PDF).
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