573 Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos y otros productos relacionados con el tabaco

¿Quiénes deben presentarlo?

Contribuyentes que realicen operaciones gravadas por este Impuesto.

¿Qué se declara?

Las operaciones realizadas en cada mes.

Modalidades de presentación

Por Internet, mediante transmisión efectuada desde Zergabidea del modelo 573.

Plazo de presentación

Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales del mes siguiente a aquél en que se han producido los devengos.

Solicitud de devolución

La solicitud de devolución deberá realizarse a través de la sección de escritos de la plataforma Zergabidea.

Normativa

Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales (PDF).

Real Decreto 1.165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF).

Orden Foral 206/2025, de 19 de mayo, por la que se aprueba el modelo 573 «Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Autoliquidación», se determina la forma y procedimiento para su presentación, así como la forma y procedimiento para la solicitud de la devolución del referido impuesto y se regula la inscripción en el registro territorial de las y los contribuyentes del impuesto especial (PDF).