620 Compraventa de medios de transporte usados

¿Quiénes deben presentarlo?

Las personas que compren cualquier medio de transporte usado a un particular.

¿Qué se declara?

La compra de cualquier medio de transporte usado realizada entre particulares.

Los contribuyentes podrán utilizar, para determinar el valor de mercado, las tablas de valoración de medios de transporte, aprobadas por el Diputado Foral de Hacienda a efectos de este Impuesto, que estuviesen vigentes en la fecha de devengo del impuesto.

Se aplicará el tipo de gravamen del 4%.

Además podrá acogerse a las  exenciones recogidas en el artículo 41 de la Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
 

Modalidades de presentación e ingreso

  •  Internet: A través de la plataforma ZergaBidea

La plataforma "Zergabidea" se encuentra disponible en el portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus. También se puede acceder a la misma a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, https://egoitza.gipuzkoa.eus/eu/, y de la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas, https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna.

Cuando la presentación se efectúe por vía telemática con cuota a ingresar, la autoliquidación no se considerará presentada hasta que no se realice su ingreso por medios electrónicos a través de la pasarela de pagos.

  • Presentación  mediante la asistencia de la Administración tributaria.

Los contribuyentes accederán a las oficinas tributarias con la documentación a presentar y serán asistidos por un funcionario para la asistencia en la presentación del modelo 620. 

El ingreso de la cuota resultante se efectuará a través de la pasarela de pagos


Plazo de presentación

La presentación y, en su caso, el ingreso de la cuota resultante del modelo 620 se efectuará en los treinta días hábiles siguientes al de la transmisión del vehículo usado.

Documentación a presentar junto al modelo 620

  • Original y copia del contrato de compraventa del vehículo.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia del certificado de características del vehículo.

Impreso

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración.

Normativa

Orden Foral 393/2023, de 4 de septiembre, por la que se modifican determinados aspectos de la presentación de los modelos 60-A, 60-T, 60-S, 620, 670, 671 y 672.

Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (PDF).

Decreto Foral 9/2011, de 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Territorio Histórico de Gipuzkoa (PDF).

Orden Foral 86/2023, de 17 de febrero, por la que se aprueba el modelo 620 de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados por la transmisión de medios de transporte usados, así como las formas de presentación e ingreso de la cuota resultante

Orden Foral 96/2026, de 9 de marzo, por la que se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto especial sobre determinados medios de transporte e impuesto sobre el patrimonio.

Orden Foral 76/2024, de 16 de febrero, por la que se aprueban los precios medios de venta de determinados elementos de transporte no incluidos en la Orden Foral 60/2024, de 9 de febrero.

Orden Foral 257/2026, de 17 de junio, por la que se modifican determinados aspectos de la presentación del modelo 620, aprobado por la Orden Foral 86/2023, de 17 de febrero.

Información de interés