781 Cuentas vivienda-Rehabilitación de inmuebles-Arrendamientos de inmuebles. Declaración informativa
¿Quiénes deben presentarlo?
Están obligadas a presentar el Modelo 781:
- las entidades de crédito que sean depositarias de cantidades en las cuentas vivienda.
- La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en relación con las rehabilitación de vivienda con resolución calificando o declarando las mismas como actuación protegida.
- La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y los ayuntamientos y demás entes públicos dependientes de los mismos que gestionen el arrendamientos de fincas urbanas ya sea como arrendadores así como cuando actúen como mediadores en el alquiler.
¿Qué se declara?
Identificación de la cuenta vivienda, fecha de apertura, saldos inicial y final del ejercicio.
Modalidades de presentación
- Internet-Fichero: Incorporando el fichero de la declaración directamente desde la plataforma Zergabidea.
- Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información (Entidades colaboradoras, Entidades de Previsión Social Voluntarias y Planes de Pensiones, Instituciones de Inversión Colectiva), y voluntaria para el resto de contribuyentes.
Plazo de presentación
Entre el 1 y el 31 de enero del año posterior al de la declaración.
Impresos
La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.
- Modelo 781 (PDF)
Diseños lógicos
- Modelo 781 (PDF)
Normativa
Orden Foral 554/2017, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Modelo 781 " Cuentas viviendas-Rehabilitación de inmuebles- Arrendamiento de inmuebles. Declaración informativa anual " y sus formas de presentación. (PDF)
Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales.