842 ¿Quiénes deben presentarlo?

Deben presentar el modelo 842 Impuesto sobre Actividades Económicas: Comunicación del importe neto de la cifra de negocios:

  1. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y no presenten declaración de estos últimos impuestos en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  2. En el caso de las sociedades civiles, comunidades de bienes y de las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Norma Foral General Tributaria (NFGT) (PDF), la obligación de presentación del modelo 842 será aplicable a los socios/as, herederos/as, comuneros/as y partícipes de las referidas sociedades civiles y entidades. No obstante, no se tendrá que presentar el modelo 842 cuando las sociedades civiles, comunidades de bienes y las entidades del artículo 35 de la Norma Foral General Tributaria hayan consignado el importe neto de la cifra de negocios en alguna declaración tributaria presentada en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  3. En los supuestos de grupos de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio(PDF), la comunicación del importe neto de la cifra de negocios deberá efectuarse por las entidades dominantes, si bien deberán relacionar en el modelo 842 el Número de Identificación Fiscal de todas las entidades del grupo.