196 Declaración informativa mensual de cuentas en toda clase de instituciones financieras y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras

¿Quiénes deben presentarlo?

Están obligados a presentar el modelo 196:

Las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio, que informarán de la totalidad de las cuentas abiertas en dichas entidades o puestas por ellas a disposición de terceros en establecimientos situados dentro o fuera del territorio español.

Las entidades de pago y las entidades de dinero electrónico, que informarán de las cuentas que gestionen.

Las sucursales en territorio español de las entidades anteriormente mencionadas de otros Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países, que informarán de la totalidad de las cuentas abiertas en dichas sucursales o puestas por ellas a disposición de terceros.

Las entidades anteriormente mencionadas de otros Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países que, según la normativa reguladora, operen en España en régimen de libre prestación de servicios, que informarán de las cuentas abiertas en dichas entidades a personas o entidades residentes en territorio español y a favor de establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes en España.
 

¿Qué se declara?

Se debe informar de todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias, cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito, cuentas de pago y cualesquiera otras cuentas con independencia de la modalidad o denominación que adopten, aunque no exista retribución, retención o ingreso a cuenta.

En las declaraciones de enero a noviembre se informa de:

  • La identificación completa de las cuentas.
  • Los datos identificativos de sus titulares, incluyendo los titulares reales, así como representantes, autorizados, beneficiarios o cualesquiera otras personas con poderes de disposición.

En cada periodo de declaración deben incluirse todas las cuentas mantenidas en la entidad: tanto las abiertas en el periodo, como las abiertas en periodos anteriores que permanecen abiertas, como las canceladas durante el periodo.

En la declaración de diciembre se informa de:

  • La identificación completa de las cuentas.
  • Los datos identificativos de sus titulares, incluyendo los titulares reales, así como representantes, autorizados, beneficiarios o cualesquiera otras personas con poderes de disposición.
  • Saldos a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.
  • Importes totales de los cargos y abonos del ejercicio.
  • Los rendimientos y retenciones asociados a las cuentas declaradas.
  • La dirección a efectos de comunicaciones del declarado.
  • En su caso, el indicador de presunción de abandono.
     

Modalidades de presentación

Sistema de envío

El envío se realizará mediante invocación a un servicio web SOAP, mediante protocolo seguro.

La dirección del servicio son:

Alta, modificaciones y bajas: 

https://zergabidea.gipuzkoa.eus/WAS/HACI/HGFZergaBideaSOAPInformWEB/services/SuministroModelo196

La petición SOAP se realizará mediante protocolo seguro con certificado:

  • Emitido por una de las entidades homologadas
  • Vigente y no revocado.
  • La entidad titular del certificado debe ser:
    • El titular de la declaración presentada.
    • Un representante del titular de la declaración, autorizado para la presentación de declaraciones en su nombre.

Formato del envío

El formato de envío de la declaración debe ajustarse a los esquemas XML y el WSDL que se puede descargar en :

https://zergabidea.gipuzkoa.eus/WAS/HACI/HGFZergaBideaSOAPInformWEB/services/SuministroModelo196?wsdl

Además de cumplir los esquemas XML, la información debe cumplir ciertas normas de coherencia. En el siguiente manual de presentación se explican todos los requisitos adicionales a tener en cuenta a la hora de cumplimentar la información, para que la declaración sea aceptada. Se explican también los posibles tipos de respuesta y como interpretarlos.

En lo que se refiere a la dirección de presentación y el mecanismo de autenticación de la llamada, no es aplicable lo que se indica en el manual de presentación sino lo descrito en este documento.

Plazo de presentación

La presentación del modelo 196 tendrá carácter mensual, y se realizará durante el mes natural siguiente al que se refiera la declaración.

Normativa

Orden Foral 516/2025, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 196.

Decreto Foral 17/2015, de 16 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. (PDF)

Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales. (PDF).

 

Impuestos relacionados (modelos)

109 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

126 Declaración-liquidación de retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos de capital mobiliario procedentes de cuentas en instituciones financieras, incluyendo las basadas en activos financieros

200 Impuesto sobre Sociedades e Impuesto...