Retenciones 2015

Rendimientos de trabajo

Rendimientos del capital mobiliario

  • General:

       20% desde el 1 de enero de 2015 al 11 de julio de 2015 

       19,50% desde el 12 de julio al 31 de diciembre de 2015.

  • Letras del Tesoro: 0%
  • Cesión del derecho a explotación del derecho de imagen: 24%

Rendimientos del capital inmobiliario

  • Arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles:

       20% desde el 1 de enero de 2015 al 1 de septiembre de 2015 

       19,50% desde el 2 de septiembre al 31 de diciembre de 2015.

Ganancias patrimoniales (fondos de inversión y premios)

  • General y premios:

       20% desde el 1 de enero de 2015 al 11 de julio de 2015

       19,50% desde el 12 de julio de 2015 al 31 de diciembre de 2015.

  • Fondos de inversión:

       20% desde el 1 de enero de 2015 al 1 de septiembre de 2015 

       19,50% desde el 2 de septiembre al 31 de diciembre de 2015.

Actividades empresariales

  • 1% para determinadas actividades empresariales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva (módulos)

Actividades profesionales

  • General:

      19% rendimientos satisfechos o abonados del 1 de enero de 2015 al 11 de julio de 2015.

      15% rendimientos satisfechos o abonados desde el 12 de julio de 2015 al 31 de diciembre de 2015.

  • Para quienes inician su actividad profesional (retención en el año de inicio y en los dos siguientes): 

      9% rendimientos satisfechos o abonados del 1 de enero de 2015 al 11 de julio de 2015.

      7% rendimientos satisfechos o abonados desde el 12 de julio de 2015 al 31 de diciembre de 2015

  • Supuesto especial: 15% (hasta el 11 de julio de 2015)
    • Cuando el volumen de rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y
    • Represente más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
  • Otros supuestos especiales: 9% desde el 1 de enero de 2015 al 11 de julio de 2015 y el 7% desde el 12 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015.

*Supuestos especiales: 

  • Representantes garantizados de "Tabacalera, Sociedad Anónima".
  • Recaudadores municipales.
  • Agentes de seguros y corredores de seguros que utilicen los servicios de subagentes o colaboradores mercantiles.
  • Delegados territoriales procedentes del extinguido Patronato de Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas integrado en el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado por Real Decreto 904/1985, de 11 de junio.

Actividades agrícolas, ganaderas o forestales

  • General: 2%