¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de las declaraciones tributarias de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos (modelo 110, modelo 111, modelo 115, modelo 117, modelo 123, modelo 124, modelo 126, modelo 128, modelo 211, modelo 215, modelo 216), sin haber realizado esta presentación cuando se está obligado a ello, el contribuyente podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización imponiéndole una sanción.

Modalidades de presentación

La declaración se podrá presentar, según los modelos,  en las modalidades de Internet, papel o disquete. Usted puede consultar estas modalidades  y los lugares de presentación en el modelo 110, modelo 111, modelo 115, modelo 117, modelo 123, modelo 124, modelo 126, modelo 128, modelo 211, modelo 215, modelo 216.

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la autoliquidación presentada por el contribuyente y procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación:

Si el resultado de la declaración es a ingresar o positivo (el contribuyente paga a Hacienda)
Sin requerimiento (la Hacienda Foral no se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Retraso hasta 6 meses: se aplica un recargo del 5% sobre la cuota a ingresar.
  • Desde el 6º mes hasta 1 año: se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Retraso de más de un año: se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Con requerimiento (la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Se le impondrá una sanción por infracción grave del 75% sobre la cuota tributaria (de un 45% si conformidad).

Si el resultado de la declaración es a devolver o negativo (Hacienda devuelve al contribuyente)

Sin requerimiento (la Hacienda Foral no se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Plazo de presentación anterior al 1-julio-2005: sanción de 30,05 euros.
  • Plazo de presentación posterior al 1-julio-2005: sanción de 100 euros.

Con requerimiento (la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Plazo de presentación anterior al 1-julio-2005: sanción de 60,10 euros.
  • Plazo de presentación posterior al 1-julio-2005: sanción de 200 euros.

Sanciones por no atender a requerimientos

Si la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente una declaración fuera de plazo, y no atiende al requerimiento, Hacienda le notificará el retraso. Por cada notificación que reciba, la sanción será mayor.

Para particulares
1ª Notificación: 150 euros
2ª Notificación: 150 euros
3ª Notificación: 300 euros

Para empresas
1ª Notificación: 300 euros
2ª Notificación: 1.500 euros
3ª Notificación: 2% Cifra de negocios del año anterior (Mín. 10.000 euros, Máx. 400.000 euros).