¿Cómo rectificar una declaración ya presentada?


Después de presentar las declaraciones de los Impuestos Especiales de Fabricación, si la persona contribuyente advierte errores u omisiones en la misma, sin haber recibido un requerimiento en tal sentido de la Hacienda Foral, puede solicitar su regularización voluntariamente

Los errores u omisiones pueden ser:

  • En perjuicio de la Hacienda Foral: por no incluir algún rendimiento, etc.
  • En perjuicio de la persona contribuyente: por incluir rendimientos indebidamente, etc.
  • De carácter informativo.
     

Procedimiento

  • Presentará solicitud de rectificación identificándose y explicando el motivo de la rectificación. Se adjuntará documento justificativo.
  • No se tiene que cumplimentar y presentar el impreso oficial (modelos 500, 503, 504, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 517, 518, 519, 520, 524, 551, 553, 554, 555, 557, 558,  561, 562, 563, 566, 570, 572, 580, 590, DCC, KAR, SCP, SGA o SGP de Impuestos Especiales).
  • En el supuesto de que la regularización de la situación tributaria conlleve un ingreso, éste no se realizará en el momento de la presentación del escrito.
  • Una vez estudiada la solicitud de rectificación, la Sección de Impuestos Especiales terminará su revisión practicando, normalmente, una liquidación provisional que se notificara al contribuyente con el resultado a ingresar, a compensar o a devolver.

 

Resultado

Si se rectifican errores u omisiones en perjuicio de la Hacienda Foral, la deuda que tendrá que satisfacer la persona contribuyente depende del retraso en realizar la rectificación:

  • Dentro de los  6 meses siguientes al plazo voluntario, se aplica un recargo del 5% sobre la cuota a ingresar.
  • Entre el 7ª mes y el 12 º mes,  se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Más de un año, se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.
     

Si se rectifican errores u omisiones en perjuicio de la persona contribuyente, se procederá por parte de la Hacienda Foral, a la devolución del importe indebidamente ingresado por la persona contribuyente.