SILICIE          


 

Nota informativa  SILICE VERSIÓN 2.0:

Contabilidad primer semestre del año 2025:
se mantiene el formato de contabilidad SILICIE en los términos establecidos en la Orden Foral 578/2019 de 4 de diciembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación, en su redacción vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. No se podrá mandar la contabilidad SILICE en el formato de la Versión 2.0.

Contabilidad segundo semestre del año 2025: el suministro a través de la sede electrónica de los asientos contables desde el 1 de julio de 2025 será realizado de acuerdo con el formato de la Versión 2.0. El asiendo de apertura a presentar deberá realizarse durante el mes de julio de 2025 y contendrá la información de las existencias a 1 de julio de 2025.

¿Qué es SILICIE?

La Hacienda Foral implanta un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales.

Desde el 1 de enero de 2020, el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, y en su caso, las materias primas empleadas en su obtención, se realizará a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, mediante el suministro electrónico de los asientos contables.

De todas formas, empezar desde esta fecha será voluntario y, en cambio, desde 2021 será obligatorio. Por ello, el que elija empezar desde el 1 de enero de 2021 tendrá que cumplir lo siguiente:

  1. Los establecimientos obligados a la llevanza de la contabilidad a través de la Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa podrán realizar el suministro de los asientos contables correspondientes a 2020 durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021.
  2. Quienes se acojan a lo dispuesto en el párrafo anterior deberán cumplir hasta el 31 de diciembre de 2020 las obligaciones contables previstas en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales conforme a la redacción de dicho artículo vigente a 31 de diciembre de 2019, así como realizar la presentación de la declaración de operaciones prevista en el apartado 5 del artículo 44 del citado reglamento.
     

En la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa se habilitará un acceso específico, para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

Principales novedades

  • La llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales se realizará a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, mediante el suministro electrónico de los asientos contables.
  • Se define el contenido de los asientos contables a suministrar, así como los procedimientos, plazos y forma de presentación.
  • Se ha publicado documentación técnica. 
  • Se ha publicado un correo electrónico para el planteamiento de consultas técnicas. 
  • Se ha  creado un entorno en la web para la realización de pruebas.
  • Desde el lunes 13 de enero, ya están disponibles los servicios web para efectuar el suministro electrónico de los asientos contables.
  • Se ha publicado la Orden Foral 650/2019, de 26 de diciembre, por la que se aprueban los términos de la colaboración social en el cumplimiento de la obligación de llevanza de contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación mediante el SILICIE.

Colectivo de obligados

Estarán obligados a la llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa los titulares de los siguientes tipos de establecimientos:

  • Fábricas
  • Depósitos fiscales
  • Almacenes fiscales
  • Depósitos de recepción
  • Fábricas de vinagre

Objeto de la Contabilidad

La contabilidad deberá reflejar los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en su caso, de las materias primas necesarias para obtenerlos, incluidas las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación o circulación.

Formas de llevanza de la contabilidad

La llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa se podrá realizar:

  • Directamente en la Sede electrónica (Regla general)
  • A partir del sistema contable en soporte informático del que, en su caso, dispongan los titulares de establecimientos (Opcional)

Formularios de inscripción y solicitudes

  • Opción para la llevanza de la contabilidad a través de sistema contable informático propio (SILICIE) 
  • Renuncia a la llevanza de la contabilidad a través de sistema contable informático propio
  • Opción para la llevanza de la contabilidad a través de la Sede Electrónica por sujetos no obligados
  • Renuncia a la llevanza de la contabilidad a través de la Sede Electrónica por sujetos no obligados
  • Solicitud para la llevanza de la contabilidad mediante libros foliados en soporte papel

Estos formularios hay que presentarlos a través de nuestra sede electrónica en Zergabidea, los cuales se encuentran en la siguiente ruta Escritos>Impuestos especiales y medioambientales>solicitudes.