¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de las declaraciones de los Impuestos Especiales de Fabricación sin haber realizado esta presentación cuando se está obligado a ello, la persona contribuyente podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización imponiéndole una sanción de hasta un 150% sobre la cuota.

Modalidades de presentación

Usted puede consultar  las modalidades y los lugares de presentación en los siguientes modelos de los Impuestos Especiales de Fabricación: modelo 503, modelo 504, modelo 506, modelo 507, modelo 508, modelo 509, modelo 510, modelo 511, modelo 517, modelo 518, modelo 519, modelo 520, modelo 524, modelo 551, modelo 553, modelo 554, modelo 555, modelo 557, modelo 558, modelo 560, modelo 561, modelo 562, modelo 563, modelo 566, modelo 570, modelo 572, modelo 580, modelo 590modelo DCC, modelo KAR, modelo SCP, modelo SGA y modelo SGP .

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la autoliquidación presentada por la persona contribuyente y, según sea a devolver o a ingresar, procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación.

Si el resultado de la declaración es a ingresar:

  • Dentro de los  6 meses siguientes al plazo voluntario, se aplica un recargo del 5% sobre la cuota a ingresar.
  • Entre el 7ª mes y el 12 º mes,  se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Más de un año, se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Si el resultado de la declaración es a devolver o negativa: sanción de 100 euros.