Bonificaciones por creación de empleo

  • El Ayuntamiento correspondiente debe aprobar una Ordenanza Fiscal reguladora de dicha bonificación.
  • Hasta el 50% de la cuota.
  • Cualquier actividad económica Sección 1ª (Empresarios), 2ª (Profesionales) y 3ª (Artistas).
  • Sólo cuota de ámbito municipal.
  • Incremento del promedio de plantilla con contrato indefinido, durante el período impositivo inmediato anterior, en relación con el anterior a aquél.
    La ordenanza fiscal podrá establecer porcentajes de bonificación diferentes en función de cuál sea el incremento.
    Se aplicará el porcentaje de bonificación y la fecha fin será el 31-12 del mismo año.