¿Cómo se calcula el período impositivo en las declaraciones del alta y de baja?


En las declaraciones de alta:

El período impositivo abarca desde la fecha de comienzo de la actividad hasta el 31 de diciembre y la cuota se calcula por meses completos.

Por ejemplo, si una persona inicia su actividad el 5 de mayo de 2004, el período de cálculo abarcará desde el 1 de mayo de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.

En las declaraciones de baja:

El período impositivo abarca desde el 1 de enero hasta la fecha en que se presente la declaración de baja y la cuota se calcula de forma proporcional al número de trimestres existentes entre el 1 de enero y la fecha de presentación de la declaración de la baja.

Por ejemplo, si una persona cesa su actividad el 30 de agosto de 2004, el período de cálculo abarcará desde el 1 de enero de 2004 hasta el 30 de septiembre de 2004.

Supuesto especial:

Cuando la declaración de alta y la declaración de baja se producen dentro del mismo año natural. En este caso se trasladará la fecha de baja al 31 de diciembre.

Por ejemplo, si una persona inicia su actividad el 10 de febrero de 2004 y cesa el 30 de marzo de 2004, el período de cálculo abarcará desde el 1 de febrero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.