¿Cómo rectificar una declaración ya presentada?


Después de presentar las declaraciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (modelo 800 y U-1), si usted advierte errores u omisiones en la misma, sin haber recibido un requerimiento en tal sentido del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Los errores u omisiones pueden ser:

  • En perjuicio del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • En perjuicio de la persona contribuyente: por no computar una exención o una bonificación, etc.

Procedimiento

1. Presentación por escrito

En los dos supuestos, tanto si la rectificación trata de corregir un perjuicio para el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa como un perjuicio a la persona contribuyente, ésta observará el siguiente procedimiento:

  • Presentará un escrito dirigido al Servicio de Tributos Locales, situado (Errotaburu, 20.018 Donostia-San Sebastian), identificándose y explicando el motivo de la rectificación. Se adjuntará el correspondiente documento justificativo.
  • Deberá cumplimentar y presentar el impreso oficial a estos efectos.

Además, deberá aportar todos los documentos acreditativos de dichas modificaciones (escrituras, recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, etc.)

  • Una vez estudiada la solicitud de rectificación, el Servicio de Tributos Locales facilitará una copia de la misma a la persona contribuyente. La modificación surtirá efectos desde el año natural siguiente al que usted realice la solicitud de rectificación.

2. Presentación por Internet mediante Gipuzkoataria