Devoluciones mensuales de IVA

 

Para acceder a este registro de devoluciones mensuales la persona o entidad contribuyente deberá:

  • Presentar una declaración censal solicitando su inclusión en el registro de devolución mensual.
  • Presentar mensualmente vía telemática las declaraciones – liquidaciones de IVA.
  • Cumplimentar los libros registro de IVA a través del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en la sede electrónica de la administración tributaria.

Las entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades regulado en el capítulo IX del título IX del Decreto Foral 102/1992 del IVA pueden acceder a este sistema de devolución mensual. Para ello, la entidad dominante deberá solicitar la inscripción en el registro de devolución mensual (modelo 039).

No podrán acceder al sistema de devolución mensual quienes realicen actividades que tributen en el Régimen Especial Simplificado de IVA.

Normativa

Decreto Foral Normativo 3/2023 de 26 de julio del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF).

Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el valor añadido. (PDF)

Modelos

Modelo 036 Declaración Censal

Modelo 039 Comunicación de datos del Régimen Especial de Grupo de Entidades

Modelo 308 Solicitud de Devolución

Modelo 330 Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales

Modelo 353 Grupo de entidades. Modelo agregado

Más información

Características y requisitos para optar por este régimen:

Plazos de solicitud e inscripción en el Registro de devolución mensual: