¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de la declaración anual de la renta (modelo 109) sin haber realizado esta presentación quien tuviera obligación de hacerlo, la persona contribuyente podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización imponiéndole una sanción mayor.

Modalidades de presentación

La declaración se podrá presentar en la modalidad de internet. Usted puede consultar las modalidades en el modelo 109 de IRPF.

Fuera de plazo no se podrá fraccionar el pago de la cuota (60% y 40%). Si el resultado es a devolver (Hacienda devuelve a la persona contribuyente), se procederá al abono mediante domiciliación bancaria. Si el resultado es a ingresar (la persona contribuyente paga a Hacienda), hay que elegir entre las diferentes modalidades de pago existentes: domiciliación, carta de pago o pasarela de pago.

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la autoliquidación presentada por la persona contribuyente y, según sea a devolver o a ingresar, procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación.

Si el resultado de la declaración es a ingresar o positivo (la persona contribuyente paga a Hacienda)

Sin requerimiento (la Hacienda Foral no se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Retraso hasta 6 meses: se aplica un recargo del 5% sobre la cuota a ingresar.
  • Desde el 6º mes hasta 1 año: se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Retraso de más de un año: se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Con requerimiento (la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Se le impondrá una sanción por infracción grave del 50% sobre la cuota tributaria (de un 30% si conformidad).

Si el resultado de la declaración es a devolver o negativo (Hacienda devuelve a la persona contribuyente)

Sin requerimiento (la Hacienda Foral no se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Declaraciones ejercicios 2004 y anteriores: sanción de 90,15 euros.
  • Declaraciones ejercicios 2005 y posteriores: sanción de 100 euros.

Con requerimiento (la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente la declaración):

  • Declaraciones ejercicios 2004 y anteriores: sanción de 150,25 euros.
  • Declaraciones ejercicios 2005 y posteriores: sanción de 200 euros.

Sanciones por no atender a requerimientos

Si la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente una declaración fuera de plazo, y no atiende al requerimiento, Hacienda le notificará el retraso. Por cada notificación que reciba, la sanción será mayor.

Para ciudadanía en general

  • 1ª Notificación: 150 euros
  • 2ª Notificación: 300 euros
  • 3ª Notificación: 600 euros

Para empresarios/as y/o profesionales autónomos/as

  • 1ª Notificación: 300 euros
  • 2ª Notificación: 1.500 euros
  • 3ª Notificación: 2% Cifra de negocios del año anterior (Mín. 10.000 euros, Máx. 400.000 euros).