512 Impuesto sobre hidrocarburos. Relación anual de destinatarios de productos de la Tarifa 2ª

¿Quiénes deben presentarlo?

Titulares de fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales de hidrocarburos que envíen productos sensibles de la Tarifa 2º del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.

¿Qué se declara?

Envíos anuales en cantidad igual o superior a 50.000 litros de los citados productos enviados con aplicación de la exención contemplada en el apartado 1 del artículo 51 del Decreto Foral 20/1998 de Impuestos Especiales.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante la entrega  del modelo cumplimentado previamente en Zergabidea.
  • Internet: mediante transmisión del modelo a través de Zergabidea.

Lugares de presentación

  • Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

Plazo de presentación

Anual. A presentar dentro del primer trimestre de cada año.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación. 

Normativa

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (PDF)
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)
Orden Foral 113/2009, de  16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales. (PDF)
Orden Foral 220/2002, de 11 de marzo de 2002, que aprueba, entre otros, el modelo 512 (PDF)

 

Otra información de interés

  • Se presentará el modelo 512 ante la Hacienda Foral guipuzcoana cuando el establecimiento desde el que se enviaron los productos se encuentre situado en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.