KTB - Anticipo de deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI (Kenkariback)

 

¿Qué es?

Es un anticipo líquido de las deducciones por la implantación de la obligación Ticket BAI y la transformación digital del comercio minorista en los impuestos sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades y sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente.

Se regula en el Decreto Foral-Norma 5/2021, de 7 de septiembre, por el que se establece la posibilidad de anticipar las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI y la deducción incrementada para la transformación digital del comercio minorista para fomentar el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI en los impuestos sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades y sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, previstas ambas en el Decreto Foral 4/2021 de 27 de julio.

 

¿Quienes pueden presentarlo?

Podrán presentar el modelo KTB aquellas y aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, que lleven a cabo inversiones y gastos con derecho a la deducción para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI, y a la deducción incrementada para la transformación digital del comercio minorista para fomentar el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI.

Será necesario que previamente la o el contribuyente haya presentado al menos en uno de los cuatro periodos impositivos anteriores, cuyo plazo de presentación de autoliquidaciones haya finalizado con anterioridad a la presentación del primer modelo KTB por parte del contribuyente, autoliquidaciones por los citados impuestos con cuota líquida o efectiva, según corresponda, positiva.

 

¿En que consiste la deducción KTB?

Mediante esta deducción se pretende posibilitar el anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI al momento en que se realicen las inversiones y los gastos, el cual se hará con cargo a los impuestos sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades y sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, abonados en los cuatro períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación de autoliquidaciones haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo, y por el importe máximo de dichos abonos.

Con ello, se facilita el anticipo de las deducciones mediante la devolución del impuesto sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades o sobre la renta de no residentes para los establecimientos permanentes, según el caso, correspondiente a las autoliquidaciones de períodos impositivos previos.

El importe máximo susceptible de ser anticipado se minorará en los importes ya deducidos por aplicación de las deducciones incrementadas asi como por las deducciones TicketBAI y para la transformación del comercio minorista.

En el supuesto de que no se pueda proceder a este anticipo líquido, en todo o en parte, por falta de impuesto previo abonado, las deducciones no anticipadas se aplicarán, en todo o en parte, sobre la cuota íntegra correspondiente al periodo impositivo en que se lleve a cabo la inversión o gasto correspondiente.

El anticipo es aplicable tanto a las inversiones y gastos efectuados en los años 2021, 2022 y 2023, como a aquellos efectuados en 2020.

 

Plazos y modo de presentación

El periodo de presentación del modelo será el comprendido entre el 11 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.

Durante este periodo las y los contribuyentes pueden presentar más de un modelo KTB, con un máximo de uno al mes.

La devolución de las deducciones anticipadas se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la o el contribuyente, en un plazo no superior a quince días desde el último día del mes en que se presentó el modelo KTB.

La presentación se debe realizar desde la plataforma ZergaBidea, sin que se deba adjuntar documentación alguna a la solicitud.

 

Ejemplos

  • IRPF

EJEMPLO 1

Julen Mendikute es propietario de un bar junto a la playa de Deba. Tendrá que emplear el sistema TicketBAI a partir del 1 de noviembre de 2022. En 2021 ha empezado a prepararse y para ello, ha tenido que adaptar la caja registradora y adquirir el software necesario. Todo ello le ha supuesto un desembolso de 1.200 euros.

En su autoliquidación de la renta del 2020 no ha utilizado la deducción por implantación voluntaria de TicketBAI, ya que todos los gastos e inversiones los ha realizado en 2021. Mediante el modelo KTB puede solicitar ahora la devolución de la deducción que le correspondería por dichos gastos e inversiones, sin tener que esperar a presentar su declaración en la próxima campaña de renta.

Para poder tener en cuenta los límites establecidos por la normativa tanto en la deducción como en su anticipo necesitamos conocer ciertos datos.

•Límite en la base de deducción, la menor de:

- Límite global: 5.000 euros.

- Límite variable: 1% de importe neto de la cifra de negocios de 2019, pero como mínimo 1.500 euros.

•Límites en la devolución del modelo KTB:

- Rendimiento neto de la actividad x Tipo Medio de Gravamen de la declaración de renta del ejercicio.

- Cuota líquida del ejercicio.

Cuando a través de la plataforma Zergabidea Julen genere una declaración del modelo KTB el programa le facilitará todos los datos necesarios para calcular la deducción, excepto el importe de las inversiones y gastos realizados que siempre deberá ser rellenado por la persona contribuyente. Asimismo, tendrá la posibilidad de modificar el dato que se le haya facilitado en la casilla correspondiente al importe neto de la cifra de negocios si fuera necesario ajustarla:

-Inversiones y gastos realizados (casilla 01): En esta casilla hay que incluir el importe de TODAS las inversiones y los gastos realizados. Este importe comprenderá también las inversiones y los gastos incluidos en declaraciones de renta o en modelos KTB presentados anteriormente. En nuestro caso, Julen deberá consignar un importe de 1.200 euros.

Importe neto de la cifra de negocios: Como se ha indicado más arriba, uno de los límites de la base de deducción (casilla 03) depende del importe neto de la cifra de negocios (INCN). El programa recoge el INCN de la declaración de renta de 2019 o de la primera declaración de renta que se hubiera presentado a continuación si no se hubiera presentado la de 2019 o si en la misma no se hubieran incluido rendimientos de actividades. El INCN se puede modificar por el usuario si se estima que su importe no es correcto. Por ejemplo, habrá que modificarlo si la actividad se hubiera iniciado durante ese ejercicio para elevarlo al año.

Julen no desarrollaba ninguna actividad económica en el ejercicio 2019, sino que la inició el 1 de enero de 2020. Por ello, en el modelo KTB se reflejará automáticamente el INCN de 2020, que en este caso fue de 130.000 euros, si el importe es correcto no será necesario que lo modifique.

El 1% de la cifra de negocios es inferior a 1.500 euros, por lo que el límite de la base de deducción de Julen será de este importe.

La deducción generada es de 720 euros. Si hubiera tenido deducciones aplicadas en ejercicios anteriores y en otros modelos KTB aparecerían reflejadas en sus casillas correspondientes y en su caso se descontarían del importe de la deducción que se puede anticipar.

En el recuadro inferior se reflejan los datos correspondientes a cada uno de los cuatro ejercicios anteriores para calcular el límite de la deducción que se deriva de multiplicar rendimiento neto de la actividad de cada ejercicio por el tipo medio de gravamen.

En el caso de Julen solo figuran los datos de la columna correspondiente a 2020 ya que no había desarrollado ninguna actividad económica en los ejercicios anteriores.

Conforme a estos cálculos Julen obtendrá una devolución de 720 euros. Presentará el modelo KTB en noviembre de 2021 y en la primera quincena de diciembre percibirá el importe de 720 euros.

EJEMPLO 2

Una vez terminados sus estudios en Soria Mariasun Larrarte desarrolla su actividad de fisioterapeuta en Tolosa desde 2018. El próximo 1 de septiembre de 2022 estará obligada a utilizar el sistema de facturación TicketBAI. Para ello en 2020 ha adquirido un software de adaptación de facturas, ha instalado wifi en su despacho y ha tenido que comprar una Tablet y una impresora de tickets, todo esto le ha costado 1.100 euros. En su declaración de renta del 2020 ha aplicado la deducción para promover la implantación de TicketBAI (30%).

Además, el 2 de febrero de 2022 ha adquirido el software necesario para la utilización del sistema Ticket Bai, lo que le ha supuesto un coste de 600 euros. Mariasun ha observado que si empieza a utilizar el sistema antes del 1 de agosto podrá beneficiarse de la deducción incrementada para la implantación voluntaria de TicketBAI y obtener una deducción del 60%. Así que ha decidido empezar a utilizar el sistema TicketBAI a partir del 1 de marzo de 2022.

Mariasun, no tiene por qué esperar a presentar la declaración de renta del 2021 para poder beneficiarse de la deducción del 60% sobre la inversión realizada en febrero de 2022 y del 30% de deducción adicional sobre la inversión efectuada en 2020. La deducción correspondiente a la inversión de febrero de 2022 y la deducción que no aplicó en su declaración del 2020 las puede asignar tanto a la declaración del 2020 como a las de los 3 ejercicios anteriores. Para ello utilizará el modelo KTB correspondiente a febrero de 2021 que se puede presentar a través de la plataforma Zergabidea.

En la casilla correspondiente a inversiones y gastos realizados Mariasun deberá incluir el importe de 1.700 euros, que es el resultado de sumar las inversiones efectuadas en 2020 y 2022.

En la casilla del importe neto de la cifra de negocios el programa reflejará automáticamente un importe de 60.000 euros, como ya se ha indicado con anterioridad, si fuera necesario esta cantidad se podría ajustar.

El 1% de la cifra de negocios es inferior a 1.500 euros, por lo que el límite de la base de deducción de Mariasun será de este importe.

La deducción generada es de 900 euros. De este importe el programa ha descontado la deducción aplicada en la declaración de la renta del ejercicio 2020 que fue de 180 euros. Con ello la deducción a anticipar se ha calculado en 720 euros.

En el recuadro inferior se reflejan los datos referentes a los ejercicios 2020, 2019 y 2018, ya que en 2017 Mariasun no ejerció ninguna actividad económica.

De acuerdo con los cálculos reflejados Mariasun obtendrá una devolución de 720 euros. Presentará el modelo KTB en febrero de 2022 y en la primera quincena de marzo percibirá el importe de 720 euros.

  • IS

​La entidad Goimendi Iturgintza SL tiene su domicilio en Eskoriatza y desarrolla su actividad principalmente en la comarca de Debagoiena. Tiene 5 trabajadores empleados y por su tamaño se considera micro-empresa. Para el 1 de abril de 2023 estará obligado a utilizar el sistema de facturación TicketBAI, pero de hecho ya ha acometido las inversiones necesarias para su implantación; ha adquirido un nuevo ordenador y un software de facturación adaptado y además ha instalado wifi en sus oficinas. El coste de todo ello ha sido de 2.500 euros y la inversión se ha completado en el ejercicio 2021.

Goimendi puede acceder a la deducción por implantación en período voluntario de TicketBAI y para obtener liquidez para las inversiones citadas ha decidido presentar el modelo KTB en diciembre de 2021. De este modo, no necesita esperar a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2021 y, en su caso, a que se tramite la devolución correspondiente. En el modelo KTB sólo tendrá que cumplimentar la casilla 1, indicando la inversión total realizada para la implantación de TicketBAI. Además, es conveniente revisar el dato propuesto ene la casilla 3 “Importe neto de la cifra de negocios”, si fuese necesaria su corrección puede hacerse directamente. El resto de datos los calculará automáticamente la aplicación.


La devolución a recibir mediante el modelo KTB será la siguiente:

 

Normativa

  • Orden Foral 609/2021, de 9 de noviembre, por la que se aprueba el modelo KTB «Anticipo de deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI» del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, así como la forma y plazo de su presentación.
  • Decreto Foral-Norma 5/2021, de 7 de septiembre, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI