Guía para la implantación del modelo de control interno

Hoy se ha publicado en la web Udalgida la Guía para la Implantación del Modelo de Control Interno.

Se trata de una guía dirigida a los órganos interventores de las entidades locales de Gipuzkoa, con el objetivo de que constituya para ellos una herramienta de ayuda eficaz para el diseño del modelo de control interno de su entidad.

La configuración de ese modelo tiene diferentes vertientes, entre las que destacan:

1- La fiscalización e intervención previa de gastos. Se considera recomendable implantar el régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos, que debe aprobar el Pleno con el alcance que en cada entidad se determine, y planificar las actuaciones de intervención plena posterior dentro del Plan Anual de Control Financiero (como parte del control financiero permanente).

El Anexo I de la guía contiene una batería de requisitos básicos a cumplir en los diferentes expedientes de gasto que se tramiten en las áreas de personal, contratación, subvenciones y urbanismo. De entre los requisitos denominados “adicionales”, en la fase de fiscalización previa serán de obligada comprobación sólo aquellos que determine el Pleno.  

2- La fiscalización previa de derechos e ingresos. Se considera recomendable su sustitución por el control inherente a la toma de razón en contabilidad y el control posterior en el ámbito del control financiero permanente. La sustitución, con el alcance que en cada entidad se determine (la guía propone la exclusión de algunos ingresos), debe ser aprobada por el Pleno. 

3- La intervención de pagos, de anticipos de caja fija y de gastos a justificar (Anexo III).

4- La delimitación de las actuaciones de control financiero mediante la elaboración del Plan Anual de Control Financiero por parte del órgano interventor. En el Plan han de incluirse las actuaciones a realizar en el ejercicio, tanto en el marco del control permanente como en el de la auditoría pública. Para su concreción, es necesaria la valoración de la situación preexistente en cada una de las áreas de gestión sometidas al control, los riesgos que se perciben, las prioridades, los objetivos a conseguir y los medios disponibles para llevar a cabo las labores de control.

A los efectos señalados, el Anexo IV de la guía ofrece una relación de posibles riesgos en determinadas áreas, así como una relación de actuaciones de control permanente y de auditoría pública que pueden llevarse a cabo en otras tantas áreas. 

En los casos en que las previsiones iniciales del último presupuesto aprobado, en términos consolidados (considerando el conjunto de entidades que componen el sector público local a efectos de control interno), no exceda de 5.000.000 de euros, será aplicable el régimen de control simplificado.

5- El modelo de control abarca también otros detalles sobre los procedimientos de control como la determinación de las fechas o plazos de emisión de informes de control, los modelos a utilizar para cada tipo de informe (de fiscalización, de control permanente, de auditoría, el informe resumen etc.), así como los plazos o fechas en que ha de tener lugar la comunicación de los resultados de control a los órganos gestores, a la Presidencia, al Pleno, al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas etc.

 

La implantación de un nuevo modelo de control interno en la entidad, o la actualización del ya existente, puede articularse mediante diferentes procedimientos como, por ejemplo: la aprobación de un reglamento de control interno, la regulación de las medidas de control en la norma de ejecución presupuestaria, la aprobación anual (por acuerdo plenario) del modelo de control a desarrollar en el ejercicio, etc.

El IVAP ha organizado, para el próximo 13 de diciembre, una sesión de presentación de esta Guía dirigida al personal del área de Intervención de las entidades locales (plazo de matrícula: Hasta el 6 de diciembre a través de Solaskidegune).

Más información: Guía de control interno