159 Declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica

¿Quiénes deben presentarlo?

Deberán presentar el modelo 159 las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica.

¿Qué se declara?

  1. Identificación de los contratantes, y, en su caso, de aquéllos a cuyo cargo proceda efectuar el cobro de las correspondientes facturas.
  2. Referencia del inmueble y su localización.
  3. Potencia nominal contratada y consumo anual en Kilovatios.
  4. Ubicación del punto de suministro y fecha de alta.

Modalidades de presentación

  • Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información, y voluntaria para el resto de contribuyentes.
  • Soporte: directamente legible por ordenador, al que ha de acompañar la hoja resumen, en soporte papel, que se compone de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado. La presentación del modelo 159 en soporte directamente legible por ordenador sólo podrá efectuarse de forma individual: el archivo o fichero correspondiente contendrá los datos de un solo declarante.
  • Fichero: Incorporando el fichero de la declaración directamente desde la plataforma Zergabidea.

Plazo de presentación

La presentación del modelo 159 deberá realizarse durante el mes de febrero de cada año, en relación con la información referida al año inmediato anterior.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.

  • Modelo 159 (PDF)

Normativa

Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (PDF)

Orden Foral 1012/2010, de 24 de noviembre, de aprobación del modelo 159. (PDF)

Impuestos relacionados (modelos)

109 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas