347 Declaración anual de operaciones con terceras personas

El plazo para la presentación de la declaración correspondiente al ejercicio 2023 finaliza el 29 de febrero de 2024.

La Orden Foral 15/2022, por la que se aprueba el modelo 347 elimina la opción de la presentación mediante soporte legible por ordenador.

¿Quiénes deben presentarlo?

Personas físicas o jurídicas (de naturaleza pública o privada) así como Entidades que desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros (IVA y recargos incluido) durante el año natural a que se refiere la declaración.

¿Qué se declara?

Se declaran las operaciones (tanto entregas de bienes y prestaciones de servicios, como adquisiciones de bienes y servicios), efectuadas con clientes y proveedores, que hayan superado la cifra de 3.005,06 euros (IVA y recargos incluido) durante el año natural a que se refiere la declaración. 

A estos efectos, las operaciones se entenderán producidas en el periodo en el que, de acuerdo  con lo previsto en el artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, se debe realizar la anotación registral de la factura o documento sustitutivo que sirva de justificante de las mismas.

La información sobre dichas operaciones se suministrará desglosada  trimestralmente, con carácter general.

El importe total individualizado se declarará neto de las devoluciones o descuentos y bonificaciones concedidas y de las operaciones que queden sin efecto en el mismo año natural y teniendo en cuenta las alteraciones del precio acaecidas en el mismo período. Asimismo, cuando  estos casos tengan lugar en un trimestre natural diferente a aquél en el que deba incluirse la operación, deberán ser consignados en el apartado correspondiente  al trimestre natural en que se hayan producido dichas circunstancias modificativas.

El importe se consignará, en su caso, con el IVA y los recargos incluidos.

Se declaran tanto las operaciones típicas y habituales como las ocasionales referentes a la actividad económica, e incluso las operaciones inmobiliarias. Dichas operaciones deben incluirse estén o no sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, y en el primer caso, también las exentas de dicho impuesto.

Modalidades de presentación

Vídeo explicativo de cómo elaborar  y presentar el modelo 347 por la plataforma ZergaBidea.

Aviso: cuando las operaciones declaradas excedan de 100, será obligatoria la transmisión por internet.

Lugares de presentación

Para modalidad papel:

Para modalidad Internet:

  • Con la transmisión correcta se tendrá por cumplida la obligación de presentación.

Plazo de presentación

Anual. A presentar durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas en el año natural anterior.

El plazo para la presentación de la declaración correspondiente al ejercicio 2023 finaliza el 29 de febrero de 2024.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.  Asimismo estará disponible en estancos autorizados guipuzcoanos.

Normativa

Orden Foral 15/2022, de 17 de enero, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas y sus formas de presentación (PDF)

Orden Foral 581/2014, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas y sus formas de presentación (PDF)

Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (PDF)

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